Comunica a las Isapres y al Fonasa sobre reajuste al límite máximo imponible a contar del 1 de enero de 2016. El límite máximo imponible reajustado será de 74,3 Unidades de Fomento. Modifica el Oficio Circular IF/N°2 de 19/01/2015.
Oficio Circular IF /N° 3
Comunica a las Isapres y al Fonasa sobre reajuste al límite máximo imponible a contar del 1 de enero de 2016. El límite máximo imponible reajustado será de 74,3 Unidades de Fomento. Modifica el Oficio Circular IF/N°2 de 19/01/2015.
Comunica a las Isapres y al Fonasa sobre reajuste al límite máximo imponible a contar del 1 de enero de 2016. El límite máximo imponible reajustado será de 74,3 Unidades de Fomento. Modifica el Oficio Circular IF/N°2 de 19/01/2015.
Comunica a las Isapres y al Fonasa sobre reajuste al límite máximo imponible a contar del 1 de enero de 2016. El límite máximo imponible reajustado será de 74,3 Unidades de Fomento. Modifica el Oficio Circular IF/N°2 de 19/01/2015.
20 de enero de 2016
Comunica a las Isapres y al Fonasa sobre reajuste al límite máximo imponible a contar del 1 de enero de 2016. El límite máximo imponible reajustado será de 74,3 Unidades de Fomento. Modifica el Oficio Circular IF/N°2 de 19/01/2015.
Comunica a las Isapres y al Fonasa sobre reajuste al límite máximo imponible a contar del 1 de enero de 2016. El límite máximo imponible reajustado será de 74,3 Unidades de Fomento. Modifica el Oficio Circular IF/N°2 de 19/01/2015.
Comunica a las Isapres y al Fonasa sobre reajuste al límite máximo imponible a contar del 1 de enero de 2016. El límite máximo imponible reajustado será de 74,3 Unidades de Fomento. Modifica el Oficio Circular IF/N°2 de 19/01/2015.
Comunica a las Isapres y al Fonasa sobre reajuste al límite máximo imponible a contar del 1 de enero de 2016. El límite máximo imponible reajustado será de 74,3 Unidades de Fomento. Modifica el Oficio Circular IF/N°2 de 19/01/2015.
Comunica a las Isapres y al Fonasa sobre reajuste al límite máximo imponible a contar del 1 de enero de 2016. El límite máximo imponible reajustado será de 74,3 Unidades de Fomento. Modifica el Oficio Circular IF/N°2 de 19/01/2015.
Comunica a las Isapres y al Fonasa sobre reajuste al límite máximo imponible a contar del 1 de enero de 2016. El límite máximo imponible reajustado será de 74,3 Unidades de Fomento. Modifica el Oficio Circular IF/N°2 de 19/01/2015.