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Material Explicativo

Es tu derecho ser atendido con prioridad y en plazos breves

Si eres beneficiario del GES, tu enfermedad debe ser atendida dentro de un plazo máximo que no se debe exceder en ningún caso. Este es un derecho de los usuarios del sistema de salud que se denomina Garantía de Oportunidad y que permite obtener la prioridad necesaria para ser atendido. Por ello, el paciente afectado por una enfermedad Auge no debe esperar más allá del período establecido por Ley para recibir la atención correspondiente y ante la ausencia o falta de este beneficio, de inmediato tiene que presentar un reclamo escrito, el cual deberá ser resuelto en sólo días, con la designación de otro prestador (o establecimiento de salud) que sí cumpla con la Garantía exigida por la ley.

Obtener la solución mediante un reclamo rápido (Versión sólo texto)

  • Vencido el plazo máximo de espera para que te atiendan, dispones de 30 días para presentar un reclamo ante tu seguro de salud, ya sea Isapre o Fonasa.
  • Desde el momento que presentaste el reclamo, el seguro tiene un período de dos días para asignar un nuevo prestador para que te atienda.
  • Este nuevo prestador debe atenderte en un plazo máximo de 10 días.
  • En caso que Fonasa o la isapre no designe un nuevo prestador dentro del segundo día, o el establecimiento no estuviera en condiciones de cumplir con la Garantía de Oportunidad, debes acudir a la Superintendencia de Salud durante los 15 días siguientes, con el fin de presentar un nuevo reclamo en segunda instancia.
  • En un plazo de dos días, la Superintendencia de Salud deberá designar un tercer prestador.
  • El tercer prestador deberá otorgar la garantía en los 5 días siguientes desde la presentación de tu reclamo ante la Superintendencia.