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2016
Fecha de publicaciónTítuloResumenDescargar
31/03/2016Resolución Exenta IP/N° 522Sanciónase al pago de una multa por 340 Unidades Tributarias Mensuales a la Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141 bis inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.imagen mime_pdf.gif
2013
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07/10/2013Resolución Exenta IP/N° 1008Sanciónase al pago de una multa de 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Nueva Clínica Cordillera, por infracción al Artículo 141, inciso 3°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.imagen mime_pdf.gif
05/08/2013Resolución Exenta IF N° 423Impónese a la Clínica Cordillera, una multa de 130 U.F. por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008.Resolución Exenta IF N° 423
2012
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28/03/2012Resolución Exenta IF N° 206Se amonesta a la Clínica Cordillera, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966.Resolución Exenta IF N° 206