Es la Ley N° 20.850, de junio de 2015, del Ministerio de Salud, que "Crea un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje póstumo a don Luis Ricarte Soto Gallegos".
La Ley entrega protección financiera a condiciones específicas de salud, tales como enfermedades oncológicas, inmunológicas y raras o poco frecuentes, que hayan sido determinadas a través de un Decreto Supremo del Ministerio de Salud.
Otorga protección financiera a todos los usuarios de los sistemas previsionales de salud: FONASA, CAPREDENA, DIPRECA e ISAPRES, sin importar su situación socioeconómica.
Tratamiento con inhibidor de C1 esterasa.
Tratamiento con Golimumab o Etanercept o Adalimumab o Secukinumab.
Tratamiento con Etanercept o Abatacept o Adalimumab o Golimumab o Tocilizumab o Tofacitinib o Rituximab.
Tratamiento con ayudas técnicas para el desempeño de las actividades de la vida diaria, para el tratamiento rehabilitador y para el soporte vital.
Tratamiento basado en Trastuzumab.
Tratamiento basado en la administración de insulina, a través de infusores subcutáneos de insulina (bombas de insulina).
Tratamiento con dispositivos de uso médico para curaciones.
Dispositivo de estimulación cerebral profunda.
Tratamiento con Infliximab o Adalimumab.
Diagnóstico y tratamiento basado en Agalsidasa.
Diagnóstico y tratamiento basado en Taliglucerasa o Imiglucerasa.
Tratamiento con Sunitinib o Everolimus.
Tratamiento de Segunda Línea Basado en Fingolimod o Natalizumab o Alemtuzumab o Cladribina u Ocrelizumab.
Diagnóstico y Tratamiento Basado en Iloprost Inhalatorio o Ambrisentán o Bosentán.
Dispositivo de Implante Coclear unilateral.
Tratamiento con Ruxolitinib.
Diagnóstico y Tratamiento basado en Laronidasa.
Diagnóstico y Tratamiento basado en Indursulfasa.
Diagnóstico y Tratamiento basado en Galsulfasa.
Diagnóstico y Tratamiento basado en Nitisinona.
Tratamiento con Golimumab o Adalimumab o Infliximab.
Tratamiento con Inmunoglobulina G endovenosa o Inmunoglobulina G subcutánea.
Tratamiento con Tetrabenazina.
Tratamiento con Imatinib o Sunitinib.
La Ley Nº 20.850 creó un Sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo, de carácter universal, que es asegurado por el FONASA a todos los beneficiarios de los sistemas previsionales de salud de Chile. Esto es, isapres, Fonasa y las Instituciones de Salud Previsional de las Fuerzas Armadas y de Orden y de Seguridad Pública.
Cubre el 100% del valor de los medicamentos, dispositivos médicos o alimentos de alto costo, que se encuentran expresamente garantizados para cada problema de salud definido, según el decreto que los fija. Para algunos de estos problemas de salud, también garantiza la cobertura del examen de confirmación diagnóstica definido, exámenes específicos que, siendo también de alto costo, le permitirán verificar si posee el problema de salud.
El médico especialista tratante debe estar inscrito en el Sistema informático de la ley Ricarte Soto para efectuar la postulación del beneficiario, mediante la obtención de una clave habilitante en la página web del Fonasa.
El médico especialista que cuenta con la sospecha fundada de que el beneficiario tiene un diagnóstico o requiere un tratamiento de alto costo garantizado por esta ley, efectuará la postulación del beneficiario a este Sistema de Protección Financiera en la plataforma web del Fonasa.
Los criterios de inclusión para los beneficiarios están definidos en los Protocolos dictados por el Ministerio de Salud.
Para cada problema de salud se define si la evaluación para la incorporación al Sistema corresponderá a la confirmación diagnóstica por el establecimiento que entrega el examen requerido o a la aprobación por el comité de expertos clínicos, según se trate.
Los Ministerios de Salud y de Hacienda, fijan por decreto supremo, un umbral de costo anual que define universalmente el monto sobre el cual se considera que un diagnóstico o un tratamiento es de alto costo.
Su medico tratante le informará el prestador (establecimiento) que otorgará las prestaciones (los beneficios). Estos prestadores, públicos o privados, estarán previamente autorizados por el Ministerio de Salud para este Sistema de Protección Financiera.
Es responsabilidad del médico tratante informarle sobre las prestaciones garantizadas del Sistema. Además, puede consultar a través de los canales de atención disponibles en Superintendencia de Salud, Ministerio de Salud y Fonasa.
No es necesario hacer trámites en su isapre. Si su contrato de salud contiene la Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas, una vez que Fonasa reciba la postulación de su médico tratante, informará directamente este hecho a su Isapre, quien activará inmediatamente la CAEC, por ser un requisito para que opere el Sistema.
Los roles que cumple la Superintendencia de Salud en el contexto de la aplicación de la Ley Ricarte Soto se detallan a continuación.
En cumplimiento al artículo 26 de la Ley 20.850; a continuación podrás encontrar información de los precios unitarios, frecuencias y prestaciones otorgadas, que forman parte del Sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo.
Enlace a la información | Descripción |
Información del Fonasa "Población beneficiaria Ley Ricarte Soto" | Información y caracterización de datos estadísticos de la población beneficiaria de la Ley Ricarte Soto. |
Gestión Cenabast - Ley Ricarte Soto | Diversas aristas de la gestión Cenabast para el abastecimiento de cada tratamiento. |
Fecha de publicación: 06/03/2018
Determina los diagnósticos y tratamientos de alto costo con sistema de protección financiera de la Ley N°20.850. Fecha de Promulgación: 29 de diciembre de 2017; Fecha de Publicación: 06 de marzo de 2018.
Fecha de publicación: 10/07/2017
Reglamento que establece el proceso destinado a determinar los diagnósticos y tratamientos de alto costo con sistema de protección financiera, según lo establecido en los artículos 7° y 8° de la Ley N°20,850.
Fecha de publicación: 21/04/2017
Aprueba prestadores de salud para otorgar las prestaciones sujetas al sistema de protección financiera del que trata la Ley N°20850. Fecha de Promulgación: 13 de abril de 2017; Fecha de Publicación: 21 de abril de 2017.
Fecha de publicación: 30/12/2016
Determina los diagnósticos y tratamientos de alto costo con sistema de protección financiera de la Ley N°20.850. Fecha de Promulgación: 13 de diciembre de 2016; Fecha de Publicación: 30 de diciembre de 2016.
Fecha de publicación: 24/09/2016
Aprueba prestadores de salud para otorgar las prestaciones sujetas al sistema de protección financiera del que trata la Ley N°20.850. Fecha de Promulgación: 21 de septiembre de 2016; Fecha de Publicación: 24 de septiembre de 2016.
Fecha de publicación: 07/07/2016
Aprueba prestadores de salud para otorgar las prestaciones sujetas al sistema de protección financiera del que trata la Ley N°20.850. Fecha de Promulgación: 1 de julio de 2016; Fecha de Publicación: 7 de julio de 2016.
Fecha de publicación: 30/05/2016
Modifica Norma Técnica N° 181, que fija los estándares técnicos específicos que deben cumplir los prestadores de salud para formar parte de la red señalada en el artículo 3° de la ley N°20850. Fecha de Promulgación: 25 de mayo de 2016; Fecha de Publicación: 30 de mayo de 2016.
Fecha de publicación: 30/03/2016
Aprueba prestadores de salud para otorgar las prestaciones sujetas al sistema de protección financiera del que trata la Ley N°20.850. Fecha de Promulgación: 18 de marzo de 2016; Fecha de Publicación: 30 de marzo de 2016.
Fecha de publicación: 03/03/2016
Modifica Decreto N°530 exento, de 2015, que aprobó Norma Técnica N°181, que fija los estándares técnicos específicos que deben cumplir los prestadores de salud para formar parte de la red señalada en el artículo 13° de la Ley N°20.850. Fecha de Promulgación: 23 de febrero de 2016; Fecha de Publicación: 3 de marzo de 2016.
Fecha de publicación: 28/12/2015
Define la red de prestadores que otorgará las prestaciones sujetas al Sistema de Protección Financiera del que trata la Ley N°20.850. Fecha de Promulgación: 22 de diciembre de 2015; Fecha de Publicación: 28 de diciembre de 2015.
Fecha de publicación: 04/12/2015
Determina los diagnósticos y tratamientos de alto costo con sistema de protección financiera de la Ley N° 20.850. Fecha de Promulgación: 16 de noviembre de 2015; Fecha de Publicación: 4 de diciembre de 2015.
Fecha de publicación: 28/11/2015
Aprueba Norma Técnica N°181 que fija los estándares técnicos específicos que deben cumplir los prestadores de salud para formar parte de la res señalada en el artículo 13° de la ley 20.850. Fecha de Promulgación: 20 de noviembre de 2015; Fecha de Publicación: 28 de noviembre de 2015
Fecha de publicación: 23/10/2015
Reglamento que establece el procedimiento para fijar el umbral nacional de costo anual para determinar si un diagnóstico o un tratamiento es de alto costo. Fecha de Promulgación: 02 de septiembre de 2015, fecha de publicación: 23 de octubre de 2015.
Fecha de publicación: 06/06/2015
Crea un Sistema de Protección Financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje póstumo a don Luis Ricarte Soto Gallegos. La Ley N°20.850 fue promulgada el 01 de junio de 2015 y publicada el 06 de junio de 2015.
Fecha de publicación: 31/03/2022
Compendio de normas administrativas de la Superintendencia de Salud en materia de Beneficios. Contiene información sobre: los beneficios contractuales y la cobertura del plan de salud complementario; subsidios por incapacidad laboral; urgencias; y la cobertura adicional para enfermedades catastróficas (CAEC).
Fecha de publicación: 28/05/2020
Compendio de normas administrativas de la Superintendencia de Salud en materia de Instrumentos contractuales. Contiene información sobre: menciones mínimas del contrato de salud previsional; plan de salud complementario; e instrumentos contractuales.
Fecha de publicación: 04/09/2019
Compendio de normas administrativas de la Superintendencia de Salud en materia de Información. Contiene información sobre: instrucciones para la transmisión de información y remisión de los archivos maestros que los seguros envían a la Superintendencia de Salud; archivos mestros; instrucciones de cáracter económico y financiero; información relativa al funcionamiento de las Isapres; información relativa a los contratos de salud previsional; información relativa a los cotizantes previsionales para salud;información que los seguros deben proporcionar o mantener a disposición de los cotizantes,beneficiarios, empleadores, usuarios y público en general; instrucciones sobre las obligaciones de los prestadores de salud de proporcionar información que permita dar cumplimiento de las garantías explícitas en salud (GES); información sobre detalle de deudas con empleadores públicos por subsidios por licencias médicas curativas, maternales o por enfermedad grave del hijo menor de un año; y subsidio al empleo de la Ley N°20.338: que imparte instrucciones a las isapres respecto de la información a entregar sobre el pago de cotizaciones.