Todas las preguntas frecuentes
Los afiliados de Fonasa y sus cargas pueden comprar bonos, una vez que cumplan con los requisitos de pago de cotizaciones según la calidad laboral o previsional del cotizante.
leer más...Los afiliados a Isapres tienen derecho a recibir atención dental a través del Plan AUGE o GES. Excepcionalmente, los planes de salud pueden ofrecer una cobertura dental para profesionales o centros odontológicos en convenio.
leer más...Los afiliados del Fonasa tienen derecho a recibir atención dental en los Consultorios de Atención Primaria de Salud, y acceso a la atención dental -en la modalidad institucional- garantizada por el plan AUGE o GES.
leer más...Las nuevas cotizaciones se deben comunicar al empleador y/o entidad encargada del pago de la pensión.
leer más...Sí, a un recién nacido le corresponde bonificación, ya que, la cobertura reducida de parto no afecta a las prestaciones que correspondan o se otorguen al recién nacido, salvo que el plan expresamente indique que se aplicará a esas atenciones también una cobertura restringida.
leer más...Los beneficiarios del Fonasa acceden a las atenciones de salud a través de 2 (dos) modalidades de atención: Modalidad de Atención Institucional y Modalidad de Libre Elección.
leer más...El cotizante y beneficiarios del Fonasa acceden al beneficio PAD, a través de un convenio vigente con el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) suscrito por los prestadores de salud que cumplen con los requisitos técnicos y de calidad para su realización.
leer más...Si es cotizante o beneficiario del Fonasa, deberá ingresar al AUGE o GES a través del Consultorio de Atención Primaria donde esté inscrito. Luego, si es cotizante o beneficiario de una Isapre, deberá concurrir con el diagnóstico médico del profesional de salud tratante a las oficinas de la institución para que designe un Prestador de la Red AUGE o GES.
leer más...La Isapre comunica a sus afiliados sobre las nuevas condiciones de precio de su contrato de salud a través de una carta certificada.
leer más...La Isapre cubre el parto conforme a lo pactado en el plan de salud contratado por el titular del contrato.
leer más...La Isapre cubre las prestaciones de salud a través de un determinado prestador o Red de Prestadores individualizados en el plan cerrado.
leer más...La Isapre cubre las prestaciones de salud a través de un determinado grupo de profesionales médicos individualizados en el plan contratado. Este plan pone especial énfasis en el acceso y funciona con costos fijos y conocidos por sus afiliados.
leer más...La Isapre cubre las prestaciones de salud a través de un determinado prestador o Red de Prestadores individualizados en el plan con prestador preferente, de igual modo cubre las prestaciones de salud bajo la modalidad de libre elección.
leer más...La Isapre cubre las prestaciones de salud de urgencia vital a través de un determinado prestador o Red de Prestadores individualizados en el plan cerrado o con prestador preferente con los cuales haya convenido el otorgamiento de dicha atención y los procedimientos para acceder a ellos. El plan de salud deberá explicitar la cobertura que se otorgará a las atenciones de urgencia, sea que éstas se realicen por los prestadores mencionados anteriormente o por otros distintos.
leer más...Las Isapres cubren los honorarios médico quirúrgicos del equipo médico que participa en el otorgamiento de una prestación, independientemente del número de profesionales que lo integren y de la composición que para dicho equipo contempla el arancel del Fonasa en la modalidad de libre elección.
leer más...Para incorpoar un recién nacido como beneficiario del Fonasa o una Isapre, el cotizante debe acudir a las sucursales del Fonasa o Isapre a realizar el trámite, llevando el respectivo certificado de nacimiento y de autorización de cargas legales, cuando proceda.
leer más...Un trabajador cesante y su grupo familiar, que no recibe Subsidio de Cesantía ni Seguro de Desempleo podrá acceder a los beneficios del Fonasa a través de la Modalidad de Atención Institucional (Establecimientos Públicos, en sala común), presentando la credencial de Salud otorgada por el Fonasa o su tarjeta de gratuidad.
leer más...Un afiliado puede saber si un médico-cirujano y un cirujano-dentista están colegiados, consultando directamente al Colegio Médico de Chile o al Colegio de Cirujanos Dentistas Chile.
leer más...En el caso de un beneficiario al Fonasa, las prestaciones serán bonificadas por la Modalidad Libre Elección, luego si se trata de un afiliado a Isapre, las prestaciones serán bonificadas por el Plan de Salud Complementario.
leer más...El deducible se calcula de acuerdo a la cotización pactada en el plan de salud. El deducible es el equivalente a la cantidad de 30 (treinta) veces la cotización pactada, por cada beneficiario que lo utilice, con un mínimo de 60 UF y un máximo de 126 UF, para cada enfermedad catastrófica o diagnóstico.
leer más...Fonasa clasifica a sus beneficiarios en los siguientes tramos A, B, C y D de acuerdo a su ingreso.
leer más...El cotizante se entera a través de una resolución emitida por su Isapre, la cual es enviada por correo certificado al domicilio registrado por el afiliado en su contrato de salud, dentro del plazo de dos (2) días hábiles contado desde la fecha del pronunciamiento.
leer más...Para conocer el estado de su cuenta corriente individual de excedentes de cotización, el afiliado deberá solicitar dicha información directamente a la Institución de Salud.
leer más...Para obtener la Credencial de Salud, los afiliados del Fonasa de los tramos B, C y D deben acercarse a cualquiera de las sucursales del Fonasa del país, en horario de atención de público de Lunes a Viernes de 8:40 a 16:30 hrs. y los afiliados del Fonasa del Tramo A deben realizar el trámite en el Consultorio de Atención Primaria en que están inscritos, en caso de no estarlo, deben acercarse al consultorio correspondiente a su domicilio. Luego, si el afiliado cotiza en una Isapre, ésta debe otorgar antes de la entrada en vigencia de los beneficios, una Credencial de Salud por contrato, o bien, una independiente para cada beneficiario.
leer más...Según el problema de Salud que tenga un afiliado, puede atenderse por el Fonasa o por la Isapre, ingresado a un Centro Asistencial determinado que puede aceptar o rechazar.
leer más...Para acceder a una atención de enfermería en un Centro Médico, el beneficiario al Fonasa deberá informarse previamente de las enfermeras en convenio que otorgan la atención y luego comprar el bono en cualquier sucursal del Fonasa o entidad delegada en convenio para ello (Cajas de Compensación, Municipalidades y Centros Médicos con venta de bonos, entre otros), indicando el nombre o Rut del Centro que lo atenderá.
leer más...Un cotizante del Fonasa, puede recuperar las cotizaciones pagadas en exceso, presentando directamente la solicitud correspondiente en las Sucursales y/o Puntos de Servicios del Fonasa.
leer más...Los profesionales de la salud que no figuran en el Registro de Prestadores Individuales, pueden solicitar su incorporación a la Superintendencia de Salud por internet completando el correspondiente formulario y/o acercándose a las respectivas Agencias Regionales.
leer más...El plazo de duración del proceso, dependerá de los tiempos de respuesta de las instituciones externas que la Superintendencia de Salud consulta a objeto de validar y comprobar la información en que se fundamenta la solicitud.
leer más...Un subsidio por incapacidad laboral se debe pagar, al menos, con la misma periodicidad que la remuneración, sin que pueda ser, en caso alguno, superior a un mes.
leer más...El plazo que tiene el afiliado es de 30 días corridos contados desde la fecha en que recibió la carta de adecuación por parte de la Isapre.
leer más...El plazo para reclamar es hasta el último día hábil del mes de la anualidad (señalado en la carta de adecuación remitida por la Isapre), del contrato de salud, es decir, una vez que al afiliado se le ha notificado el alza por una carta de adecuación tiene aproximadamente 3 (tres) meses para reclamar ante la Superintendencia.
leer más...El precio del plan Auge o GES va a depender de la afiliación de la persona. Una persona afiliada a Fonasa no debe pagar por el precio del plan Auge o GES, no así, una persona afiliada a una Isapre, debe pagar por cada beneficiario un monto mensual en pesos o Unidades de Fomento, U.F. determinado por su Isapre.
leer más...El procedimiento para acceder a la CAEC es el siguiente: un afiliado o su representante debe concurrir a las oficinas de la Isapre, llenar y firmar los documentos dispuestos para ello, entre otros, el formulario denominado "Solicitud de incorporación a la red cerrada de la CAEC y GES-CAEC. Dichos documentos serán tramitados internamente por la Isapre.
leer más...Cuando corresponda, una Isapre debe remitir una carta de adecuación con el título "Carta de Adecuación por ajuste de Excedentes" en la cual se comunique al afiliado la circunstancia que los fondos que se destinan a su cuenta corriente individual de excedentes superan el 10% de su cotización legal, aún en la eventualidad que se aplicare la adecuación general del precio base del plan que rige para todos los cotizantes. En este caso, la Isapre está obligada a ofrecer un plan alternativo cuyo precio más se aproxime al plan actualmente convenido y que permita absorber la diferencia señalada anteriormente. En ningún caso el afiliado estará obligado a suscribir el plan propuesto por la Isapre, pudiendo permanecer en su actual plan con los mismos beneficios.
leer más...La cotización legal para salud para un trabajador activo (dependiente, independiente o imponente voluntario) corresponde a un 7% de la remuneración o renta imponible con un tope de 74,3 UF (Unidades de Fomento).
leer más...Las anualidades por las cuales un afiliado puede interponer un reclamo en la Superintendencia son las comprendidas entre julio 2014 y junio 2017.
leer más...Las situaciones que generan un término de contrato de salud entre las partes son las siguientes: por la Isapre, por el afiliado, por el afiliado y la Isapre, y por otras causales.
leer más...La Superintendencia dispone de los siguientes canales de comunicación para recibir los reclamos por alza de precio base de las isapres:
leer más...Los antecedentes fundamentales que se deben presentar al momento de firmar un contrato de salud con una Isapre son: cédula de identidad, liquidación de sueldo o pensión y carta de desafiliación o formulario de término de contrato si viene de otra isapre.
leer más...Los antecedentes fundamentales que se deben presentar al momento de incorporarse al Fonasa son: cédula de identidad, liquidación de sueldo o pensión y carta de desafiliación o formulario de término de contrato si viene de una Isapre.
leer más...Todos los pacientes del Sistema Público y Privado tienen los siguientes deberes, de acuerdo a lo establecido en el Título III de la Ley N°20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.
leer más...Toda persona tendrá derecho a que el profesional tratante informe al representante legal del paciente o a la persona bajo cuyo cuidado se encuentre, de las razones médicas que justifican no entregar información al paciente ni el contenido de la ficha clínica. En caso de tratamientos invasivos e irreversibles, tales como esterilización, psicocirugía u otro de carácter irreversible, el profesional tratante debe contar con el informe favorable del Comité de Ética del establecimiento.También, se dispone que las hospitalizaciones involuntarias deban ser comunicadas a la SEREMI de Salud y a la Comisión Regional de Protección de los Derechos de las Personas con Enfermedad Mental. Asimismo, el empleo extraordinario de las medidas de aislamiento o contención física y farmacológica deberá llevarse a cabo con pleno respeto a la dignidad de la persona. Además, ninguna persona con discapacidad psíquica o intelectual que no pueda expresar su voluntad podrá participar en una investigación científica.
leer más...Todos los pacientes del Sistema Público y Privado tienen los siguientes derechos, de acuerdo a lo establecido en el Título II de la Ley N°20.584 que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud.
leer más...Toda persona tiene derecho -cualquiera sea el Prestador Institucional de Salud- a que las acciones de promoción, protección y recuperación se le den oportunamente y sin discriminaciones arbitrarias, en la forma que determine la Constitución y las leyes.
leer más...Una persona tiene derecho a que los prestadores le faciliten la compañía de familiares y amigos cercanos durante su hospitalización y con ocasión de prestaciones ambulatorias, de acuerdo con la reglamentación interna de cada establecimiento. Se podrá restringir cuando sea aconsejable por beneficio clínico. Asimismo, el paciente tiene derecho a conserjería y asistencia religiosa o espiritual.
leer más...Toda persona tiene derecho a reclamar ante el prestador institucional, el que deberá contar con personal especialmente habilitado para este efecto y con un sistema de registro y respuesta escrita de los reclamos planteados. Si la persona no recibe respuesta en el plazo de 15 días hábiles, si la respuesta no le satisface o no soluciona la irregularidad por la cual reclamó previamente en el Prestador Institucional, podrá recurrir ante la Superintendencia de Salud o requerir un procedimiento de mediación, en los términos de la Ley N°19.966.
leer más...Una persona o quien la represente tiene derecho a que los prestadores de salud cumplan las normas vigentes en el país, y con los protocolos establecidos, en materias tales como infecciones intrahospitalarias, identificación, accidentes, errores en la atención y en general a ser informada de cualquier evento adverso durante la atención.
leer más...En territorios con alta concentración de población indígena, los prestadores institucionales públicos deben asegurar el derecho de las personas pertenecientes a los pueblos originarios y considerar la aplicación de un modelo de salud intercultural, validado ante las comunidades indígenas.
leer más...Toda persona tendrá derecho a recibir un pronunciamiento del comité de etica, el que tendrá sólo el carácter de recomendación. El paciente, su representante legal o cualquiera a nombre del paciente, puede presentar un recurso en la Corte de Apelaciones competente según el territorio, si no está de acuerdo con la recomendación del comité de ética.
leer más...Toda persona tiene derecho a otorgar o denegar su voluntad para someterse a cualquier procedimiento o tratamiento, pero con ciertas limitaciones: rechazo a tratamientos que puedan implicar la aceleración artificial de la muerte, la eutanasia o el auxilio al suicidio.
leer más...Toda persona tendrá derecho a elegir informadamente su incorporación a una investigación científica.
leer más...La información que surja de la ficha clínica, de los estudios y demás documentos donde se registren procedimientos y tratamientos a los que fueron sometidas las personas, es considerada como dato sensible y por tanto tiene la calidad de reservada. Quienes no estén relacionados directamente con la atención no tendrán acceso a la información, salvo las excepciones legales.
leer más...Toda persona tendrá derecho a recibir, por parte del médico tratante, un informe legible que, a lo menos, deberá contener:
leer más...Toda persona tiene derecho a que el Prestador Institucional le proporcione información suficiente, oportuna, veraz y comprensible, sea en forma visual, verbal o por escrito, respecto de lo siguiente:
leer más...Toda persona tiene derecho a efectuar las consultas y los reclamos que estime pertinentes, respecto de la atención de salud recibida. Asimismo, los usuarios podrán manifestar por escrito sus sugerencias y opiniones respecto de dicha atención.
leer más...Toda persona en estado terminal tendrá derecho a vivir con dignidad hasta el momento de su muerte. En consecuencia, tienen derecho a los cuidados paliativos que les permitan hacer más soportables los efectos de la enfermedad, a la compañía de sus familiares y personas a cuyo cuidado estén y a recibir, cuando lo requieran, asistencia espiritual.
leer más...Toda persona tiene derecho a recibir una cuenta actualizada y detallada de los gastos en que haya incurrido en su atención de salud. Asimismo, al momento de ingresar, se informará por escrito, a la persona o a su representante, de los posibles plazos para el pago de las prestaciones, medicamentos e insumos utilizados, así como de los cargos por intereses u otros conceptos. En los casos en que la persona deba concurrir al pago de las atenciones que recibe, ya sea total o parcialmente, podrá solicitar, en cualquier oportunidad, una cuenta actualizada y detallada de los gastos en que se haya incurrido en su atención de salud. Además, si las dosis de medicamentos o insumos fueren unitarias, en el caso de que la persona deba concurrir al pago de ellas, sólo estará obligada al pago de aquellas unidades efectivamente usadas en el tratamiento correspondiente.
leer más...Una persona tiene derecho a recibir un trato digno y respetuoso en todo momento y circunstancia, tales como, lenguaje claro y adecuado; protección y respecto de su honra y vida privada; y actitudes de cortesía y amabilidad.
leer más...El valor de la UF, para el cálculo del deducible será el valor que esta unidad tenga al último día del mes anterior a aquél en que se efectúe la prestación que da origen al copago correspondiente.
leer más...Los excesos de cotización producidos deben ser devueltos por la Isapre a sus afiliados antes del 30 de abril de cada año, para el saldo acumulado al 31 de diciembre del año anterior.
leer más...Cuando el cotizante no ha completado un año de beneficios en la isapre. Para materializar el término de contrato anticipado por mutuo acuerdo, las partes ( isapre y cotizante) deben firmar un documento donde conste inequívocamente la intención de ponerle término a dicho contrato. Para tal efecto, las partes podrán utilizar la carta de desafiliación debidamente autorizada por la isapre.
leer más...Los cotizantes pueden desafiliarse una vez transcurrido un año de vigencia de los beneficios contractuales, en la oportunidad que desee o en el instante que quede cesante.
leer más...Un profesional que tiene más de una especialidad o subespecialidad debe completar un formulario, ya que éste, permite registrar hasta tres especialidades o subespecialidades de cada origen.
leer más...A los afiliados le corresponde pagar la parte de las atenciones de salud que no son bonificadas por la Isapre.
leer más...A los cotizantes le corresponde pagar las prestaciones conforme a la modalidad en que fueron otorgadas y al grupo de ingreso que pertenezca (A, B, C y D).
leer más...El afiliado de una Isapre a quien le ha sido rechazado el derecho al subsidio por incapacidad laboral o estima que el monto pagado no está correcto, podrá apelar a la Subcomisión de Salud, (Compín) correspondiente al domicilio que fije en el contrato de salud con la Isapre.
leer más...Los reclamos por adulteración o falsificación de documentos que forman parte del contrato de salud deben presentarse en primera instancia a la isapre. De no solucionarse el problema en esa instancia deberá presentar un reclamo por escrito ante la Superintendencia de Salud, quién con la colaboración del Laboratorio de Criminalística de la Policía de Investigaciones de Chile, someterá a peritaje los documentos adulterados.
leer más...El cotizante de Isapre, frente a un rechazo y/o reducción de una licencia médica, debe presentar su reclamo por escrito directamente a la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), correspondiente al domicilio que dicho cotizante tenga registrado en su contrato de salud. El plazo para efectuar el reclamo es de 15 (quince) días hábiles contado desde la recepción del pronunciamiento de la Isapre y no desde que ésta lo envía.
leer más...Un afiliado al desafiliarse de su Isapre, está necesariamente debe traspasar los excedentes de cotizaciones a Fonasa o a la Isapre, según corresponda.
leer más...El afiliado podrá reclamar ante un término de contrato de salud efectuado por la Isapre en la Superintendencia de Salud.
leer más...Un afiliado puede solicitar un Certificado de Cotizaciones de Salud pagadas directamente al Fonasa o a la Isapre en la cual se encuentre vigente.
leer más...Si, el cotizante debe comunicar todos los cambios de situación laboral o previsional a su Isapre. Para ello, deberá concurrir a las oficinas de la Institución de Salud a la que esté afiliado, firmar el FUN y registrar todas las modificaciones respectivas.
leer más...No, los beneficios se suspenden sólo cuando se pierde la calidad de afiliado o beneficiario del sistema de salud respectivo (Fonasa o Isapre).
leer más...Se debe pagar el deducible anualmente. El deducible se acumula durante un año contabilizado desde la fecha en que el beneficiario entere el copago por la primera prestación que tenga su origen en una enfermedad catastrófica. Al cabo de un año de esa fecha, se deberá calcular un nuevo deducible.
leer más...La CAEC cubre el traslado de un paciente sólo en caso de urgencia con riesgo vital o de secuela funcional grave.
leer más...La isapre aplica la cobertura proporcional de parto en el evento que la fecha probable de concepción sea anterior a la suscripción del contrato de salud.
leer más...La hospitalización domiciliaria es cubierta por la Isapre siempre que se cumplan con ciertos requisitos que permitan calificarla como tal. Para discernir en un caso concreto si la prestación de que se trate es una hospitalización domiciliaria, las Isapres deberán considerar que la asistencia y atenciones que se brinden al paciente, correspondan a las que habría recibido de haberse encontrado en un centro asistencial para su manejo clínico y terapéutico, en atención a que su estado de salud así lo hace exigible y que dichas condiciones estén prescritas y debidamente controladas por un médico tratante.
leer más...La isapre puede devolver una licencia médica en las siguientes situaciones:1) Cuando falte la firma del profesional que extendió la licencia médica. 2) Cuando falte la firma del trabajador. 3) Cuando una licencia médica haya sido enmendada. 4) Cuando se omita por parte de los empleadores o trabajadores independientes los antecedentes administrativos que sean de su responsabilidad.
leer más...En los casos de trabajadores contratados por día, turnos o jornadas y los que cuya incapacidad laboral es causada por un accidente.
leer más...El precio final del plan de salud puede variar por los siguientes factores a considerar: La revisión y adecuación anual del Contrato de Salud, por la variación del número de cargas o beneficiarios (incorporación o eliminación) y por reajuste anual, tratándose de planes pactados en pesos (por aplicación de estos reajustes puede ocurrir que el precio del plan se modifique dos veces en el año, una por la adecuación y otra por el reajuste).
leer más...La ley N°20.394, prohíbe condicionar las atenciones médicas a un cheque o dinero en garantía. La referida ley fue promulgada con fecha 3 de noviembre de 2009, su publicación en el diario oficial e inicio de su vigencia fue el día 20 de noviembre de 2009.
leer más...La Ley N°20.584 regula los derechos y deberes de las personas en relación con acciones vinculadas a su atención de salud, la cual entró en vigencia el 1 de octubre de 2012.
leer más...La COMPIN tendrá un plazo de siete días hábiles para pronunciarse sobre las licencias, el que se contará desde la fecha en que el respectivo formulario se reciba en su oficina. Este plazo podrá ampliarse por otros siete días hábiles en caso de que los antecedentes requieran estudio especial, dejándose constancia de este hecho.
leer más...Sí, existe un plazo. Las atenciones contempladas en el seguro catastrófico del Fonasa deben ser otorgadas dentro de los plazos establecidos según el diagnóstico del paciente e indicación médica de intervención y/ o tratamiento.
leer más...Sí, exite un registro, la Superintendencia de Salud mantiene un Registro de Agentes de Ventas en el que se inscriben todas las personas que cumplen con los requisitos señalados en la ley, independientemente de su denominación o cargo en la Isapre. La incorporación al registro se efectúa sólo por las Isapres vigentes en el mercado.
leer más...La Isapre debe comunicar el alza al afiliado con al menos 3 (tres) meses de anticipación al vencimiento de la anualidad del contrato de salud.
leer más...No, las Isapres no cubren a través de la CAEC las prestaciones derivadas de problemas de salud que reúnan las condiciones exigidas para ser cubiertas por el plan AUGE o GES.
leer más...Sí, la Isapre tiene una responsabilidad administrativa y contractual de salud por todos los actos, errores, omisiones o infracciones a la normativa vigente, que cometa un Agente de Ventas en el ejercicio de sus funciones.
leer más...Sí, la Isapre y la COMPIN pueden rechazar, reducir o ampliar el periodo de reposo de una licencia médica. Las causales de rechazo o reducción de una licencia médica pueden ser de orden médico, jurídico y administrativo.
leer más...Si, una Isapre o el Fonasa pueden solicitar antecedentes adicionales para el pago de una licencia médica por incapacidad laboral.
leer más...No, ya que la ley establece que las prestaciones deben bonificarse con el monto mayor que resulte entre la cobertura que otorga el Fonasa -en la modalidad de libre elección- y la que resulta de aplicar el 25% de lo pactado en el plan de salud con la Isapre.
leer más...Sí, las Isapres pueden negar la incorporación de una carga médica en el contrato de salud, como así mismo aceptarla.
leer más...Si, las isapres están facultadas para negar la afiliación sin expresión de causa. El Sistema Privado de Salud Previsional descansa en el principio de libre contratación, por lo que no es jurídicamente posible obligar a una isapre a celebrar un contrato con una persona determinada -si ésa no es su voluntad- aun cuando antes haya pertenecido a esa Isapre.
leer más...No, la Ley de Cheque en Garantía no exime a un paciente de la obligación de pagar las atenciones de salud producto de una urgencia vital.
leer más...Porque los planes de salud de las Isapres además de los porcentajes de cobertura sobre el valor real de las prestaciones, contemplan topes máximo de bonificación.
leer más...Si, se puede. La Unidad de Licencias Médicas de las Isapres y la COMPIN, están facultadas para solicitar al trabajador nuevos exámenes o interconsultas -los que son de cargo de la Institución- para evaluar el reposo médico de la licencia, para ello se envía un telegrama al domicilio donde el afiliado esté cumpliendo el reposo.
leer más...Sí, el Fonasa o la Isapre pueden negar los beneficios a quien perdió la calidad de carga legal o familiar, ya que, los beneficios del sistema de salud se extinguen respecto de quienes pierden dicha condición.
leer más...Sí, la Isapre puede efectuar una visita domiciliaria a la persona que esté con licencia médica. Dicha visita tiene por objeto tomar contacto directo y personal con el trabajador a fin de verificar el cumplimiento del reposo indicado en la licencia médica.
leer más...Sí, mientras no se pruebe la responsabilidad del Agente de Ventas. La omisión en la declaración de salud de una enfermedad o patología preexistente al momento de suscribir un contrato de salud con la Isapre -aunque haya sido recomendada por el Agente de Ventas- deberá probarse durante la tramitación de un reclamo.
leer más...Dependerá de cada caso la medida que adopte la Isapre. En relación a la causal de rechazo "Diagnóstico irrecuperable", se deberá tener presente que no basta que la patología tenga una naturaleza crónica o irrecuperable para rechazar la licencia médica. Se deberá analizar la situación de cada persona, si al término del reposo va a estar o no en condiciones de reintegrarse al trabajo. Existiendo la posibilidad de reintegro laboral la Isapre deberá autorizar la licencia médica.
leer más...Sí, puede, anualmente en el mes de suscripción del contrato de salud las isapres están autorizadas por ley para revisar el precio base del plan de salud contratado en condiciones generales que no importen discriminación entre los afiliados de un mismo plan.
leer más...No, tanto el Fonasa como las isapres deben aceptar como beneficiarios del sistema de salud a las cargas legales del cotizante mientras tengan dicha calidad.
leer más...Sí, un afiliado de Isapre puede atenderse por el plan AUGE o GES aunque inicialmente no haya solicitado dicho beneficio, independiente de la etapa de la enfermedad en que se encuentre el paciente.
leer más...Sí, el afiliado puede hacer uso de la CAEC, para ello es necesario que él, su beneficiario o su representante se contacte con su Isapre, para activar dicho beneficio según corresponda.
leer más...Sí, una Isapre podrá reemplazar cualquiera de los prestadores de la red CAEC, manteniendo permanentemente actualizada la información. En todo caso, el prestador que se incorpore a la red CAEC deberá mantener las mismas condiciones de calidad médica e idoneidad técnica del prestador reemplazado.
leer más...Sí, una Isapre puede negar la cobertura por presentar las boletas o el programa médico fuera de plazo. Las condiciones generales de los contratos de salud establecen los plazos y procedimientos que tienen los afiliados para presentar boletas y facturas para ser reembolsados, así como para tramitar los programas médicos.
leer más...Sí, una Isapre puede solicitar información para bonificar una prestación de salud a un afiliado. Las Isapre están facultadas para requerir antecedentes médicos adicionales y realizar chequeos o peritajes médicos, a fin de resolver sobre la solicitud de beneficios requeridos, en conformidad a lo pactado en los respectivos contratos de salud.
leer más...Los acuerdos qué se pueden tomar en una mediación contra prestadores privados de salud son diversos, ya que, las partes tienen amplia libertad para pactar soluciones al conflicto y la forma de cumplirlas.
leer más...La Superintendencia no tiene atribuciones para intervenir en el procedimiento mismo de Mediación ni en el acuerdo a que lleguen las partes. Tampoco puede revisar ni pronunciarse acerca del resultado de la Mediación. Por lo tanto, sólo le corresponde administrar el proceso de Mediación. La Superintendencia se debe limitar a tomar conocimiento si el conflicto ha llegado o no a un acuerdo.
leer más...Un afiliado que se vea afectado por esta situación deberá concurrir a las oficinas de la Isapre con los documentos contractuales que estén en su poder y que den cuenta de la suscripción del contrato, reclamando por escrito que se regularice la afiliación y en caso de disconformidad con la respuesta otorgada por dicha Institución, o al no recibir una respuesta formal, podrá reclamar ante la Superintendencia de Salud, en segunda instancia, aportando copia de todos los antecedentes que avalen dicho reclamo.
leer más...El afiliado que no recibe la carta de adecuación debe reclamar por escrito ante la Isapre para que le demuestre si cumplió con el procedimiento establecido en el artículo 197 del DFL N° 1 del Ministerio de Salud, respecto de la notificación de la adecuación anual. En caso de disconformidad con la respuesta otorgada por dicha Institución, o al no recibir una respuesta formal, podrá reclamar ante la Superintendencia de Salud, en segunda instancia, aportando copia de todos los antecedentes que avalen dicho reclamo.
leer más...El afiliado que no se encuentra conforme con la cobertura o bonificación otorgada por su Isapre -respecto a la prestación o a un programa médico- debe ingresar un reclamo formal directamente en su Institución de Salud y en caso de disconformidad con la respuesta otorgada por dicha Institución, o al no recibir una respuesta formal, podrá reclamar ante la Superintendencia de Salud, en segunda instancia, aportando copia de todos los antecedentes que avalen dicho reclamo.
leer más...El afiliado que no se encuentra conforme con la cobertura o bonificación otorgada por su Aseguradora (Fonasa o Isapre) -respecto a la prestación o a un programa médico- debe ingresar un reclamo formal directamente en su Institución de Salud y en caso de disconformidad con la respuesta otorgada por dicha Institución, o al no recibir una respuesta formal, podrá reclamar ante la Superintendencia de Salud, en segunda instancia, aportando copia de todos los antecedentes que avalen dicho reclamo.
leer más...El beneficiario que adquiere la calidad jurídica de cotizante podrá optar por permanecer en la Isapre celebrando un contrato de salud con ésta.
leer más...Todas aquellas personas que tienen una queja médica en contra de un prestador de salud privado y que deseen iniciar una acción judicial por demanda de indemnización por los perjuicios sufridos, deben previamente solicitar una mediación. El prestador reclamado puede negarse a aceptar la mediación, en cuyo caso, la Superintendencia de Salud certifica dicha situación, quedando el reclamante habilitado para acudir a los Tribunales de Justicia, si así lo desea.
leer más...El paciente, o quien lo represente, debe reunir los antecedentes que acrediten la exigencia, tales como: instructivo, copia del recibo de pago o boleta. Posteriormente, podrá reclamar ante la Superintendencia de Salud, por internet, oficina de Atención de Público de Santiago y Agencias Regionales.
leer más...Deberá esperar que la Isapre le remita formalmente por correo postal a su domicilio - registrado en su contrato- la Carta de Adecuación, posteriormente podrá evaluar las siguiente opciones: mantener su plan de salud o cambiarse de plan dentro de la misma Isapre; ponerle término al contrato de salud; ir a las Cortes de Apelaciones respectivas, o reclamar ante la Superintendencia de Salud. Si opta por esta última opción, necesariamente se deberá adjuntar al reclamo lo siguiente: Carta de Adecuación íntegra (copia de todas sus páginas) y Cédula de Identidad por ambos lados.
leer más...Nada, porque el correo electrónico recibido sólo constituye un "aviso" y no una "Carta de Adecuación".
leer más...Las Garantías Explícitas en Salud (GES), constituyen un conjunto de beneficios garantizados por Ley para las personas afiliadas al Fonasa y a las Isapres.
leer más...El (EMP) es una evaluación periódica de salud, de carácter voluntario y gratuito, que forma parte de las prestaciones del AUGE-GES, para las personas beneficiarias de Fonasa e Isapres. Este examen permite detectar oportunamente enfermedades de alta ocurrencia en el país, a fin de actuar inmediatamente a través del control y tratamiento de la misma. Un beneficiario de Fonasa, debe solicitar el EMP en el consultorio en que está inscrito, luego un afiliado de Isapre deberá solicitar el examen en la misma aseguradora.
leer más...El excedente de cotización es la diferencia positiva que se genera cuando la suma del valor del plan más el precio del plan AUGE o GES es menor que el 7% que legalmente la persona cotiza.
leer más...El Registro de Prestadores Individuales de Salud es una Herramienta que permite consultar si una persona está legalmente habilitada para ejercer su profesión en el país. Contiene información sobre médicos cirujanos y cirujanos dentistas, enfermeras, matronas, tecnólogos médicos, psicólogos y kinesiólogos y a partir del 1° de Julio de 2011, se ha incorporado a los farmacéuticos y químico farmacéuticos, bioquímicos, nutricionistas, fonoaudiólogos, terapeutas ocupacionales y a los técnicos paramédicos auxiliares regulados en el artículo 112 del Código Sanitario. Asimismo, en dicho Registro se informa acerca de las especialidades y subespecialidades de médicos cirujanos y cirujano-dentistas, cuando las tuvieren certificadas.
leer más...El subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) es el monto de dinero que reemplaza la remuneración o renta del trabajador mientras éste se encuentra con licencia médica autorizada.
leer más...La Acreditación es un proceso periódico de evaluación, al cual se someten los prestadores institucionales autorizados por la Autoridad Sanitaria -hospitales, clínicas, centros ambulatorios y laboratorios- para verificar el cumplimiento de un conjunto de estándares de calidad fijados y normados por el Ministerio de Salud. Dicho proceso de evaluación es ejecutado por Entidades Acreditadoras que son sometidas a un proceso de autorización por la Superintendencia de Salud, para posteriormente ser inscritas en el Registro Público de Entidades Acreditadoras, disponible en esta página web de la Superintendencia.
leer más...La Cobertura Adicional para Enfermedades Catastróficas (CAEC) es un beneficio adicional al plan de salud otorgado por algunas Isapres (*) que permite financiar, cumplidos ciertos requisitos, hasta el 100% de los gastos derivados de atenciones de alto costo, tanto hospitalarias como algunas ambulatorias, realizadas en el país y cubiertas por el plan de salud. La CAEC se debe activar cuando un diagnóstico puede transformarse en una enfermedad catastrófica por el costo de las prestaciones que requerirá. El afiliado o beneficiario debe concurrir a su Isapre y solicitar la activación de la CAEC. Esta cobertura opera una vez que el monto de los copagos supera el deducible.
leer más...Es un conjunto de prestadores de salud individuales e institucionales que las Isapres ponen a disposición de sus afiliados con el propósito de otorgarles la cobertura adicional para enfermedades catastróficas (CAEC).
leer más...Se entiende por urgencia o emergencia vital toda condición clínica que implique riesgo de muerte o de secuela funcional grave, la atención de urgencia o emergencia vital ante un hecho de tal envergadura, debe ser inmediata e impostergable. Ninguna Institución de salud puede negarle a un paciente la atención rápida a una urgencia vital ni exigir un cheque o documento en garantía para otorgarla. La condición de riesgo de muerte o de secuela funcional grave deberá ser certificada por un médico cirujano de la unidad de urgencia pública o privada en que la persona sea atendida.
leer más...La licencia médica es el derecho que tiene un trabajador dependiente o independiente de ausentarse o reducir su jornada de trabajo durante un determinado período de tiempo, en cumplimiento de una indicación profesional certificada por un médico-cirujano, cirujano-dentista o matrona. La licencia médica debe ser conocida y tramitada por el empleador -en el caso de un trabajador dependiente- y autorizada por la COMPIN o la Isapre según corresponda.
leer más...La Mediación en casos de reclamos contra prestadores privados de salud, es un procedimiento obligatorio de resolución de conflictos -previo a una acción judicial- entre una persona y un prestador privado de salud.
leer más...A la Superintendencia le corresponde fiscalizar a los prestadores de salud del país en el cumplimiento de las normas que prohíben exigir cheque o dinero en garantía para todo tipo de atenciones de salud (electivas o programadas) y las prohibiciones de condicionar las atenciones por urgencia vital o con riesgo de secuela funcional grave, con cualquier tipo de documento de pago.
leer más...Aquellos cotizantes que están afiliados al Fonasa, al incorporar una carga legal la cotización obligatoria para salud del 7% se mantiene constante. Luego, aquellos cotizantes que están afiliados a una Isapre, al incorporar una carga legal o médica la cotización podrá aumentar. Si usted está en una isapre y pactó un precio equivalente al 7% de su remuneración o renta imponible, no aumentará el precio al ingresar una carga.
leer más...Mientras un afiliado se encuentre con licencia médica, el contrato de salud se extenderá hasta el término de la incapacidad laboral, siempre que este plazo sea superior al último día del mes siguiente a la fecha de comunicación del término del contrato por parte de la Isapre.
leer más...Todas aquellas personas beneficiarias de una Isapre que decidan renunciar a los beneficios del GES o AUGE, sólo se les otorgará la cobertura establecida en el Plan de Salud Complementario contratado con la Isapre. Sólo puede ser recomendable renunciar a dicho beneficio cuando la cobertura del plan de salud complementario es más favorable que las del beneficio GES.
leer más...Mientras se resuelve el reclamo en la Superintendencia, la Isapre puede aplicar el alza de precio base, sin embargo, una vez resuelto éste, la Isapre deberá restituir las diferencias de cotizaciones que se produzcan durante el período de resolución del reclamo.
leer más...Si un Prestador de la Red GES no cumple con el plazo señalado para la Garantía de Oportunidad de un problema de salud GES que se ha diagnosticado, el paciente o un tercero que lo represente deberá reclamar al Fonasa o Isapre según corresponda, dentro de los 30 (treinta) días de vencido el plazo correspondiente. La Institución de Salud tiene un plazo de 2 (dos) días para designar un Segundo Prestador. Este nuevo prestador tendrá un plazo de 10 (diez) días corridos para atenderlo, salvo que el plazo garantizado para resolver el problema de salud del paciente sea menor. En el caso de que el Fonasa o la Isapre no designen un Segundo Prestador o éste no cumpliera debidamente con la atención, el paciente o su representante deberá reclamar de inmediato ante la Superintendencia de Salud, solicitando un Tercer Prestador, que será designado dentro de los 2 (dos) días siguientes a la presentación de su reclamo en esta Superintendencia.
leer más...El Seguro Catastrófico del Fonasa cubre las siguientes prestaciones: Hemodiálisis y Peritoneodiálisis; Prestaciones Cardioquirúrgicas; Prestaciones Neuroquirúrgicas; Escoliosis; Trasplante Renal; Trasplante Hepático; Atención Integral al Paciente Fisurado; Atención de Urgencia al Paciente Quemado; Atención de Urgencia al Paciente con Trauma Complejo; Prestaciones del Grupo Quimioterapia; Prestaciones del Grupo Radioterapia; Tratamiento Farmacológico del VIH:
leer más...Las prestaciones que no son cubiertas por la CAEC son: prestaciones cubiertas por el plan AUGE; las exclusiones de cobertura del contrato (preexistencias, prestaciones no aranceladas); las hospitalizaciones y tratamientos de patologías psiquiátricas, adicciones a drogas o alcoholismo; las cirugías y hospitalización fuera de la red o en el extranjero; las patologías derivadas de complicaciones y secuelas de los tratamientos cosméticos o con fines de embellecimiento; los tratamientos de infertilidad o esterilidad; los tratamientos odontológicos; la atención y hospitalización domiciliaria en todas sus formas; las prestaciones homologadas (entendiendo por homologación el reemplazo de prestaciones por otras no codificadas en el arancel del contrato de salud); los tratamientos quirúrgicos de la obesidad mórbida, sus complicaciones y secuelas, como cualquier otro tratamiento posterior a un tratamiento de obesidad, tanto quirúrgico como no quirúrgico, que tenga el carácter de cosmético, tales como abdominoplastía u otra corrección derivada de la baja de peso. Asimismo, los medicamentos ambulatorios (salvo las drogas inmunosupresoras en caso de trasplantes, las drogas citotóxicas aplicadas en ciclos de quimioterapia para el tratamiento del cáncer y los medicamentos definidos como coadyuvantes o biomoduladores que se usan antes, durante o después de los ciclos de quimioterapia que estén considerados en los programas del Ministerio de Salud) y los fármacos que tengan el carácter experimental para la patología en tratamiento o que no estén avalados por las sociedades científicas correspondientes y los medicamentos que no estén registrados por el Instituto de Salud Pública.
leer más...Las prestaciones que no son cubiertas por la Isapre son: Las exclusiones de cobertura del contrato (preexistencias, prestaciones no aranceladas y medicamentos ambulatorios no arancelados); Las hospitalizaciones y tratamientos de patologías psiquiátricas, adicciones a drogas o alcoholismo; las prestaciones otorgadas fuera del territorio nacional, salvo que el Plan de Salud Complementario indique lo contrario, caso en el cual procederá la cobertura en los términos y bajo las condiciones que allí se convengan; La hospitalización con fines de reposo; Las patologías derivadas de complicaciones y secuelas de los tratamientos cosméticos o con fines de embellecimiento (No se considerarán con fines de embellecimiento las cirugías plásticas destinadas a corregir malformaciones o deformaciones sufridas por la criatura durante el embarazo o el nacimiento, ni la destinada a reparar deformaciones sufridas por un accidente, ni las que tengan una finalidad estrictamente curativa o reparadora); Los tratamientos de infertilidad o esterilidad; Los tratamientos odontológicos; Las prestaciones homologadas (entendiendo por homologación el reemplazo de prestaciones por otras no codificadas en el arancel del contrato de salud), salvo que la Superintendencia de Salud la ordene en casos excepcionales conforme al D.F.L. N° 1, de 2005 del Ministerio de Salud; Los tratamientos quirúrgicos de la obesidad mórbida, sus complicaciones y secuelas, como cualquier otro tratamiento posterior a un tratamiento de obesidad, tanto quirúrgico como no quirúrgico, que tenga el carácter de cosmético, tales como abdominoplastía u otra corrección derivada de la baja de peso; La atención particular de enfermería, salvo que se trate de prestaciones que se encuentren en el Arancel Fonasa en la modalidad libre elección; Las prestaciones cubiertas por otras leyes hasta el monto de lo cubierto; Las prestaciones relacionadas con participación en actos de guerra.
leer más...Si un cotizante no acepta la adecuación de precio propuesta por la Isapre, puede optar por el plan alternativo ofrecido u otro plan de los que comercialice la Institución al momento de la adecuación, si ninguno de ellos satisface sus necesidades de salud y posibilidades de pago, podrá poner término al contrato, firmando una carta de desafiliación. Luego, antes de desafiliarse el cotizante deberá considerar si él o sus cargas tienen alguna enfermedad preexistente que deba declarar en la nueva Isapre, si es así, deberá suscribir una declaración de salud en la misma, antes de poner término al contrato de salud en la actual Isapre.
leer más...Los requisitos que debe cumplir un prestador institucional de salud para acreditarse son: 1) Autorización sanitaria vigente. 2) Haber ejecutado y concluido el proceso de autoevaluación en los 12 meses anteriores a la solicitud de acreditación (Completar el informe de autoevaluación y las fichas técnicas). 3) Cumplir con los estándares de calidad definidos por el Ministerio de Salud. 4) Presentar solicitud de acreditación ante la Intendencia de Prestadores de la Superintendencia de Salud.
leer más...Los requisitos que debe cumplir un trabajador para tener derecho al pago de subsidio por una licencia médica, dependerá del tipo de trabajador de que se trate, como: Trabajador dependiente con contrato indefinido, Trabajador dependiente con contrato temporal y Trabajador independiente .
leer más...Los requisitos que deben cumplir las empresas y organizaciones con personalidad jurídica propia para desempeñarse como Entidad Acreditadora de prestadores institucionales de salud son los establecidos en el Reglamento del Sistema de Acreditación (Decreto Supremo N° 15 / 2007).
leer más...En el evento que el afiliado fallezca, la Isapre mantendrá por un período no inferior a un año o aquél superior que se convenga en el Plan de Salud Complementario -contado desde el fallecimiento del afiliado- todos los beneficios del contrato de salud vigente a la fecha en que se verificó tal circunstancia, a todos los beneficiarios declarados por dicho afiliado en su contrato de salud, entendiéndose incorporados en éstos al hijo que está por nacer y que habría sido su beneficiario legal de vivir el causante a la época de su nacimiento.
leer más...En el evento que un cotizante de Fonasa fallezca y sus cargas obtengan una pensión de viudez u orfandad, continuarán afiliados al Fonasa cotizando el 7% de las pensiones que perciban. Los beneficiarios cotizantes tienen acceso a las atenciones de salud tanto en Modalidad Libre Elección (prestadores privados), como en Modalidad Institucional (Establecimientos Públicos de Salud).
leer más...Si un afiliado de Isapre fallece, sus excedentes de cotizaciones pueden ser utilizados sólo por sus herederos, entendiéndose por éstos, "masa hereditaria".
leer más...Las irregularidades o incumplimientos que pueden llegar a cometer los Agentes de Ventas, se clasifican en incumplimientos gravísimos, graves y leves.
leer más...La utilidad que tiene para un usuario consultar el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud es saber si una persona está legalmente habilitada para ejercer sus respectivas profesiones de salud en el país, en virtud de ostentar sus respectivos títulos profesionales, así como sobre la certificación de las especialidades médicas y odontológicas, todo ello con el objeto de proporcionarle al usuario información oficial y confiable para que adopte las mejores y más seguras decisiones al momento de requerir alguna consulta o prestación de salud.
leer más...La persona afectada puede y debe velar por el cumplimiento de los derechos que la ley 20.584 le otorga mediante su reclamo ante el propio prestador de salud (Hospitales, Clínicas, Laboratorios, Centros Médicos, Centros de Diálisis, etc.). Además, la Superintendencia de Salud -en los casos que la ley señala- debe velar por tal cumplimiento, sea mediante la tramitación de los reclamos que se le presenten (previo reclamo al prestador involucrado) y mediante las distintas fiscalizaciones que efectúe.
leer más...Las personas que pueden acceder al beneficio GES-AUGE son los afiliados al Fonasa y a las Isapres.
leer más...No se consideran para la determinación de las base de cálculo del subsidio por incapacidad laboral de un trabajador dependiente las remuneraciones ocasionales ni las que correspondan a períodos de mayor extensión que un mes, como por ejemplo los aguinaldos o bonos que de acuerdo al contrato de trabajo se paguen en una fecha o época determinada, tales como fiestas patrias, navidad, bono de escolaridad. Tampoco deben incluirse las remuneraciones que correspondan a períodos superiores a un mes, por ejemplo, una gratificación que se paga una vez al año.
leer más...Deben reclamar ambas personas afiliadas al plan compensado, matrimonial o familiar, porque son contratos individuales.
leer más...Si puede, la Superintendencia deberá tramitar y resolver el reclamo, ya que se entiende presentado dentro de plazo.
leer más...No, luego de un término laboral el afiliado podrá continuar con los beneficios del Fonasa, mientras aporte los antecedentes que demuestren que goza de un Subsidio de Cesantía y/o un Seguro de desempleo.
leer más...Sí, un afiliado que suscribió un plan de salud con cobertura reducida de parto o cesárea, puede sustituirlo por otro que contemple cobertura para dichas atenciones en los mismos términos previstos para el resto de las prestaciones. La isapre no puede exigir una declaración de salud.
leer más...Un afiliado no tiene derecho a que su Isapre bonifique prestaciones de salud requeridas en el extranjero, no obstante, si el plan de salud del afiliado contempla cobertura internacional, la Isapre estará obligada a bonificar dichas prestaciones.
leer más...Si, la Isapre cubre la hospitalización por una atención dental. Las prestaciones que cubre son las que están codificadas en el arancel asociado al plan de salud del cotizante.
leer más...Sí, una Isapre puede aplicar topes de bonificación a las prestaciones de salud de un afiliado, los cuales pueden estar expresados en pesos ($), Unidades de Fomento (UF) o Arancel de la Isapre (número de veces el valor asignado a la prestación respectiva en el respectivo arancel), sea que se aplique a una o a un grupo de prestaciones por evento. La parte de la prestación que no es cubierta por la Isapre, es el copago que debe efectuar el afiliado.
leer más...Si, una Isapre puede poner término al contrato de salud de un afiliado que se encuentre cesante, siempre y cuando ésta le comunique formalmente la existencia de una deuda dentro de los 3 (tres) meses siguientes de haberse generado dicha deuda. Esta facultad de poner término al contrato de salud debe ejercerse sólo una vez vencido el plazo otorgado por la Isapre.
leer más...Sí, un paciente o su representante pueden solicitar directamente a su Aseguradora (Fonasa o Isapre), la designación de un nuevo prestador de la Red AUGE o GES, no obstante, la Aseguradora no está obligada a acceder a su requerimiento.
leer más...No, la ley establece que la designación de la Entidad Acreditadora es realizada por la Intendencia de Prestadores de Salud de la Superintendencia de Salud, mediante un procedimiento de selección de carácter aleatorio, entre todas las Entidades Acreditadoras autorizadas.
leer más...No puede estar afiliado a una Isapre y al Fonasa simultáneamente, ya que, se debe cotizar sólo en una de ellas.
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