¿Cuál es el procedimiento que realiza una Isapre para una adecuación por ajuste de excedentes superiores al 10% de la cotización legal?
Cuando corresponda, una Isapre debe remitir una carta de adecuación con el título "Carta de Adecuación por ajuste de Excedentes" en la cual se comunique al afiliado la circunstancia que los fondos que se destinan a su cuenta corriente individual de excedentes superan el 10% de su cotización legal, aún en la eventualidad que se aplicare la adecuación general del precio base del plan que rige para todos los cotizantes. En este caso, la Isapre está obligada a ofrecer un plan alternativo cuyo precio más se aproxime al plan actualmente convenido y que permita absorber la diferencia señalada anteriormente. En ningún caso el afiliado estará obligado a suscribir el plan propuesto por la Isapre, pudiendo permanecer en su actual plan con los mismos beneficios.
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