IMPORTANTE: Informamos que este trámite posee costo. Los Honorarios del Mediador seleccionado son de cargo de las partes, es decir, de la persona reclamante y el Fonasa o Isapre, según corresponda.
La Superintendencia de Salud recibe las solicitudes de mediación que realizan afiliados/as de Fonasa o de Isapres. Dicho procedimiento se encuentra establecido en el artículo 120, del DFL N°1 del año 2005, del Ministerio de Salud y ofrece una alternativa de resolución de conflictos para los casos de controversias entre un/a beneficiario/a y su aseguradora de salud (Fonasa o Isapre). El proceso es de carácter voluntario y requiere del acuerdo de ambas partes para su realización. Los mediadores habilitados para ejecutarlas deben contar con la debida acreditación e inscripción en la Superintendencia de Salud.