Fecha de publicación | Prestador | Título | Resumen y modificaciones | Materia | Año | Año | Año | Año | ||
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30/12/2021 | Clínica Vespucio |
Resolución Exenta IF/N° 783
Se impone una multa 400 U.F. (cuatrocientas unidades de fomento) al prestador Clínica Vespucio, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías.
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Se impone una multa 400 U.F. (cuatrocientas unidades de fomento) al prestador Clínica Vespucio, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2021 | Clínica | 2021 | |||
28/12/2021 | Clínica Cordillera |
Resolución Exenta IP/N° 5994
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
23/12/2021 | Clínica El Elqui |
Resolución Exenta IP/N° 5911
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional del Elquí, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional del Elquí, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
22/11/2021 | Clínica Cordillera |
Resolución Exenta IP/N° 5276
Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
19/11/2021 | Clínica Redsalud Vitacura |
Resolución Exenta IP/N° 5262
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica RedSalud Vitacura, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica RedSalud Vitacura, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
12/11/2021 | Clínica Dávila |
Resolución Exenta IP/N° 5084
Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
12/11/2021 | Clínica Dávila |
Resolución Exenta IP/N° 5083
Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
10/11/2021 | Clínica Dávila |
Resolución Exenta IP/N° 5020
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
10/11/2021 | Clínica Dávila |
Resolución Exenta IP/N° 5018
Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
09/11/2021 | Clínica Indisa |
Resolución Exenta IP/N° 5014
Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Indisa, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
26/10/2021 | Clínica Magallanes |
Resolución Exenta IP/N° 4796
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica RedSalud Magallanes, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica RedSalud Magallanes, por una infracción del artículo 173 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
26/10/2021 | Clínica Bicentenario |
Resolución Exenta IP/N° 4795
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica RedSalud Santiago (Ex-Bicentenario), por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica RedSalud Santiago (Ex-Bicentenario), por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
15/10/2021 |
Resolución Exenta IP/N° 4565
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad de Los Andes, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Universidad de Los Andes, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Hospital | 2021 | ||||
15/10/2021 | Clínica Dávila |
Resolución Exenta IP/N° 4564
Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
15/10/2021 | Clínica Dávila |
Resolución Exenta IP/N° 4563
Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
04/10/2021 | Clínica Dávila |
Resolución Exenta IP/N° 4450
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
23/09/2021 | Clínica Tarapacá |
Resolución Exenta IP/N° 4288
Sanciónase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Tarapacá, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584.
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Sanciónase al pago de una multa por 200 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Tarapacá, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. | Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | 2021 | Clínica | 2021 | |||
23/09/2021 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile |
Resolución Exenta IP/N° 4287
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Hospital Clínico | 2021 | |||
23/09/2021 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile |
Resolución Exenta IP/N° 4286
Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Hospital Clínico | 2021 | |||
23/09/2021 | Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile |
Resolución Exenta IP/N° 4285
Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 400 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Clínico de la Pontificia Universidad Católica de Chile, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Hospital Clínico | 2021 | |||
16/09/2021 | Clínica Santa María |
Resolución Exenta IF/N° 541
Se impone una multa 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador Clínica Santa María, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta Institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde.
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Se impone una multa 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador Clínica Santa María, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta Institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. | Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | 2021 | Clínica | 2021 | |||
07/09/2021 | Hospital Base Valdivia |
Resolución Exenta IF/N° 512
Se amonesta al Hospital Clínico Regional de Valdivia (Hospital Base de Valdivia), por
incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Información al Paciente GES”, o en el
documento alternativo excepcionalmente autorizado, según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías.
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Se amonesta al Hospital Clínico Regional de Valdivia (Hospital Base de Valdivia), por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Información al Paciente GES”, o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado, según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2021 | Hospital | 2021 | |||
18/08/2021 | Clínica Dávila |
Resolución Exenta IP/N° 3685
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
29/07/2021 | Clínica Dávila |
Resolución Exenta IP/N° 3434
Sancionase al pago de una multa por 100 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 100 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
08/06/2021 | Clínica Biobío |
Resolución Exenta IP/N° 2679
Sanciónase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales Mensuales a Clínica Bío Bío, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL
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Sanciónase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales Mensuales a Clínica Bío Bío, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
28/05/2021 | Clínica El Elqui |
Resolución Exenta IP/N° 2539
Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional El Elqui S.p.A (Clínica Redsalud Elqui), por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Regional El Elqui S.p.A (Clínica Redsalud Elqui), por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
26/05/2021 | Clínica Vespucio |
Resolución Exenta IP/N° 2458
Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Vespucio, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Vespucio, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
26/05/2021 | Clínica Dávila |
Resolución Exenta IP/N° 2457
Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
10/03/2021 | Hospital del Cobre Dr. Salvador Allende |
Resolución Exenta IP/N° 1028
Sanciónase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital del Cobre Dr. Salvador Allende Gossens, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584.
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Sanciónase al pago de una multa por 300 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital del Cobre Dr. Salvador Allende Gossens, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. | Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | 2021 | Hospital | 2021 | |||
01/03/2021 | Hospital Parroquial de San Bernardo |
Resolución Exenta IP/N° 910
Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Parroquial de San Bernardo, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584.
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Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades Tributarias Mensuales al Hospital Parroquial de San Bernardo, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley N° 20.584. | Infracción a la Ley de Derechos y Deberes del Paciente | 2021 | Hospital | 2021 | |||
12/02/2021 | Clínica Miraflores |
Resolución Exenta IP/N° 633
Sanciónase al pago de dos multas una por 700 Unidades Tributarias Mensuales y otra por por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Miraflores, la primera multa por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL y la segunda multa por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sanciónase al pago de dos multas una por 700 Unidades Tributarias Mensuales y otra por por 300 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Miraflores, la primera multa por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL y la segunda multa por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
11/02/2021 | Clínica Reñaca |
Resolución Exenta IP/N° 597
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Reñaca, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Reñaca, por una infracción del artículo 141 bis, inciso penúltimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
11/02/2021 |
Resolución Exenta IP/N° 596
Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Universidad de Los Andes, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Hospital Clínico Universidad de Los Andes, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Hospital | 2021 | ||||
11/02/2021 | Clínica Santa María |
Resolución Exenta IP/N° 593
Sanciónase al pago de una multa de 800 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Santa María, por infracción del artículo 141, inciso penúltimo y al artículo 173, inciso séptimo, ambos del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sanciónase al pago de una multa de 800 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Santa María, por infracción del artículo 141, inciso penúltimo y al artículo 173, inciso séptimo, ambos del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
11/02/2021 | Hospital Clínico de la Fundación de Salud El Teniente |
Resolución Exenta IP/N° 594
Sancionase al pago de una multa de 300 Unidades Tributarias Mensuales a la Hospital Clínico Fundación el Teniente, por infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa de 300 Unidades Tributarias Mensuales a la Hospital Clínico Fundación el Teniente, por infracción del artículo 173, inciso séptimo, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Hospital Clínico | 2021 | |||
09/02/2021 | Clínica Isamédica |
Resolución Exenta IP/N° 587
Sanciónase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Isamédica, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.
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Sanciónase al pago de una multa por 150 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Isamédica, por una infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
21/01/2021 | Clínica Dávila |
Resolución Exenta IP/N° 147
Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 inciso penúltimo, del DFL N°1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 700 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141 inciso penúltimo, del DFL N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
21/01/2021 | Clínica Dávila |
Resolución Exenta IP/N° 145
Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141, bis, del DFL N°1, de 2005, del MINSAL.
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Sancionase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Dávila, por una infracción del artículo 141, bis, del DFL N°1, de 2005, del MINSAL. | Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía | 2021 | Clínica | 2021 | |||
18/01/2021 | Clínica Vespucio |
Resolución Exenta SS/N° 41
Se acoge parcialmente el recurso jerárquico deducido en subsidio por el prestador Clínica Vespucio, en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 135, de 6 de marzo de 2020, debiéndose establecer una nueva multa, expresando los motivos, razones y circunstancias consideradas para tal determinación.
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Se acoge parcialmente el recurso jerárquico deducido en subsidio por el prestador Clínica Vespucio, en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 135, de 6 de marzo de 2020, debiéndose establecer una nueva multa, expresando los motivos, razones y circunstancias consideradas para tal determinación. | Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966 | 2021 | Clínica | 2021 | |||
05/01/2021 | Clínica Santa María |
Resolución Exenta SS/N° 5
Se acoge parcialmente el recurso jerárquico deducido por el prestador de salud Clínica Santa María en contra de la Resolución Exenta IF/N° 111, de 20 de febrero de 2020, debiéndose establecer una nueva sanción que no considere la circunstancia de reincidencia inicialmente aplicada.
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Se acoge parcialmente el recurso jerárquico deducido por el prestador de salud Clínica Santa María en contra de la Resolución Exenta IF/N° 111, de 20 de febrero de 2020, debiéndose establecer una nueva sanción que no considere la circunstancia de reincidencia inicialmente aplicada. | Incumplimiento de instrucción (Urgencia Vital GES) | 2021 | Clínica | 2021 |