Regional

Hospital Dr. Franco Ravera Zunino

Datos del Prestador

N° de registro 191
Nombre Hospital Dr. Franco Ravera Zunino
Rut 61.602.138-9
Dirección Avenida Libertador Bernardo O`Higgins N° 611, Rancagua, Región del Libertador Bernardo O'Higgins
Teléfono 53-2663363
Tipo de Establecimiento Atención Cerrada
Complejidad Asistencial Alta Complejidad
Propietario del Prestador Servicio de Salud O'Higgins
Página Web www.hospitalrancagua.cl

Representante Legal

Nombre Alis Rossana Catalán Araya
Rut 14.290.808-5
Profesión Ingeniero Comercial
Domicilio Avenida Libertador Bernardo O`Higgins N° 611, Rancagua, Región del Libertador Bernardo O'Higgins
Correo electrónico aliscatalan@saludohiggins.cl

Acreditaciones efectuadas

Segunda Acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estándar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
05-12-2019 Resolución Exenta IP/N° 3858 05-12-2022 Atención Cerrada - Alta Complejidad Leonora Monares Arce Salud E.I.R.L.

Primera acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estándar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
17/03/2016 Resolución Exenta IP/N° 451 17/03//2019 Atención Cerrada - Alta Complejidad ACES Limitada

Resoluciones modificatorias

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace
25-10-2024 Resolución Exenta IP/N° 6706 Modifíquese el Representante Legal y nombre del Prestador Institucional del Hospital Regional Libertador Bernardo O'Higgins por Hospital Dr. Franco Ravera Zunino Descargar

Sanciones

Fecha de Publicación Título Resumen Enlace
10/11/2023 Resolución Exenta IF/N° 6037 Se AMONESTA al prestador Hospital Regional de Rancagua, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el “Formulario de Constancia de Información al Paciente GES”, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. Resolución Exenta IF/N° 6037 Descargar
29/04/2020 Resolución Exenta IF/N° 225 Se amonesta al Hospital Regional de Rancagua, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere si caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por dichas garantías. Resolución Exenta IF/N° 225 Descargar
16/04/2018 Resolución Exenta IF/N° 204 Se amonesta al Hospital Regional de Rancagua, por el incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las GES, dejando constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. Resolución Exenta IF/N° 204 Descargar
19/03/2013 Resolución Exenta IF N° 203 Se amonesta al Hospital Regional de Rancagua, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud,, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. Resolución Exenta IF N° 203 Descargar
28/03/2012 Resolución Exenta IF N° 215 Se amonesta al Hospital Regional de Rancagua, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud, en la forma prevista en el Capítulo VI Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N° 19.966. Resolución Exenta IF N° 215 Descargar