Sancionase al pago de una multa por 725 Unidades Tributarias Mensuales a la persona jurídica "Inmobiliaria e Inversiones Clínicas del Sur S.p.A.", Hospital Clínico del Sur, por una infracción del artículo 141, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL.
Acoger parcialmente el recurso de reposición deducido por el prestador "Hospital Clínico del Sur", en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 290, de 4 de agosto de 2016, rebajándose el monto de la multa aplicada a 170 unidades de fomento.
lmpónese al Hospital Clínico del Sur una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria".