Regional

Clínica San Carlos de Apoquindo Red Salud UC Christus

Datos del Prestador

N° de registro 199
Nombre Clínica San Carlos de Apoquindo Red Salud UC Christus
Rut 99.573.490-7
Dirección Camino el Alba N°12.351 , Las Condes, Región Metropolitana, Santiago.
Teléfono 56227548726
Tipo de Establecimiento Establecimiento de Atención Cerrada
Complejidad Asistencial Alta Complejidad
Propietario del Prestador UC Christus Servicios Clínicos SpA
Página Web www.clinicasancarlos.cl

Representante Legal

Nombre Gabriela Novoa Muñoz
Rut 8.404.394-k
Profesión Abogado
Domicilio Camino el Alba N°12.351 , Las Condes, Región Metropolitana, Santiago.
Correo electrónico No Disponible

Acreditaciones efectuadas

Tercera Acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estándar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
09-09-2024 Resolución Exenta IP/N° 5788 09-09-2027 Atención Cerrada - Alta Complejidad Sandoval y Poblete Limitada (Higea Salud Limitada)

Segunda Acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estándar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
13-12-2019 Resolución Exenta IP/N° 3916 13-12-2022 Atención Cerrada - Alta Complejidad Leonora Monares Arce Salud E.I.R.L.

Primera Acreditación

Fecha Resolución Resolución Vigencia de la acreditación Estándar de Acreditación Evaluado Entidad acreditadora
13-04-2016 Resolución Exenta IP/N° 575 13-04-2019 Atención Cerrada - Alta Complejidad Hurtado y Carrasco Limitada

Resoluciones modificatorias

Fecha de publicación Titulo Resumen Enlace
23-09-2024 Resolución Exenta IP/N° 6051 Rectifíquese la Resolución Exenta IP/N° 5788, de 9 de septiembre de 2024, en el sentido de corregir el N°3) de los Vistos, donde dice 29 de abril de 2023 reemplazarlo por 29 de abril de 2024.     Descargar

Sanciones

Fecha de Publicación Título Resumen Enlace
22/04/2022 Resolución Exenta IF/N° 292 Se impone una multa de 350 U.F. (trescientas cincuenta unidades de fomento) al prestador Clínica San Carlos de Apoquindo-Red Salud UC Christus, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. Resolución Exenta IF/N° 292 Descargar
31/01/2020 Resolución Exenta IF/N° 57 Se acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por la prestadora Clínica UC San Carlos de Apoquindo, en contra de la Resolución Exenta IF/N° 355, de 17 de mayo de 2019, rebajándose a 225 U.F. el monto de la multa impuesta. Resolución Exenta IF/N° 57 Descargar
22/11/2019 Resolución Exenta IF/N° 1004 Se impone una multa de 1.000 U.F. (mil unidades de fomento) a la prestadora "Clínica San Carlos de Apoquindo", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. Resolución Exenta IF/N° 1004 Descargar
22/05/2019 Resolución Exenta IP/N°1310 Sancionase al pago de una multa por 725 Unidades Tributarias Mensuales a la persona Jurídica UC CHRISTUS SERVICIOS CLÍNICOS S.P.A. (Clínica San Carlos de Apoquindo), por una infracción del artículo 173, insciso 7°, del D.F.L. N°1, de 2005, del MINSAL. Resolución Exenta IP/N°1310 Descargar
17/05/2019 Resolución Exenta IF/N° 355 Se impone una multa de 250 U.F. (doscientas cincuenta unidades de fomento) al prestador "Clínica UC San Carlos de Apoquindo", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. Resolución Exenta IF/N° 355 Descargar
23/04/2019 Resolución Exenta IF/N° 243 Se impone una multa de 180 UF (ciento ochenta unidades de fomento) al prestador Clínica UC San Carlos de Apoquindo, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes recibidos en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. Resolución Exenta IF/N° 243 Descargar
24/11/2017 Resolución Exenta IP/N° 1867 Sancionase al pago de una multa por 340 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo, por una infracción del artículo 141 inciso 3°, del D.F.L N° 1, del MINSAL. Resolución Exenta IP/N° 1867 Descargar
03/02/2017 Resolución Exenta IF/N° 29 Impónese a la Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo una multa de 300 UF (trescientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso. Resolución Exenta IF/N° 29 Descargar
22/03/2016 Resolución Exenta IF/N°118 Impónese a la Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo una multa de 250 UF (doscientos cincuenta unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". Resolución Exenta IF/N°118 Descargar
15/06/2015 Resolución Exenta IF N° 205 Impónese a la Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo, una multa de 200 UF, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de S años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria". Resolución Exenta IF N° 205 Descargar
14/01/2015 Resolución Exenta IF N°8 Impónese a la Clínica Universidad Católica San Carlos de Apoquindo una multa de 220 UF, por el incumplimiento reiterado de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de notificar en la página electrónica de esta institución, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. Resolución Exenta IF N°8 Descargar
30/09/2014 Resolución Exenta IF N° 393 Se amonesta a la Clínica UC San Carlos de Apoquindo, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N° 19.966 y en el Título IV del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N°77, de 2008. Resolución Exenta IF N° 393 Descargar