22/11/2019 |
Resolución Exenta IF/N° 1007 |
Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador "Clínica Red Salud Providencia", por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica Ambulatoria", según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías. |
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29/08/2019 |
Resolución Exenta IP/N°2721 |
Sancionase al pago de una multa por 50 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Avanzalud actual Redsalud Providencia, por una infracción del artículo 38, inciso 4°, de la Ley 20.854. |
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31/08/2018 |
Resolución Exenta IF/N° 380 |
Impónese una multa de 90 U.F. (noventa unidades de fomento) al prestador Clínica Avansalud, por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación· de notificar en la página electrónica de esta institución, dentro de las 24 horas siguientes, a los pacientes en situación de urgencia vital o secuela funcional grave, respecto de una condición de salud garantizada, en los casos que corresponde. |
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20/04/2016 |
Resolución Exenta IF/N° 141 |
Impónese a la Clínica Avansalud una multa de 200 UF (doscientas unidades de
fomento) por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta
Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las
GES y de dejar constancia escrita de ello en el "Formulario de Constancia de
Información al Paciente GES", o en el documento alternativo excepcionalmente
autorizado para los problemas de salud "Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja
de manejo ambulatorio en menores de 5 años" y "Urgencia Odontológica
Ambulatoria". |
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29/01/2016 |
Resolución Exenta IP/N° 155 |
Sanciónase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Avansalud, por una infracción del artículo 173 bis inciso 7°y 8°, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
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19/12/2014 |
Resolución Exenta IP/N° 1782 |
Sanciónase al pago de una multa de 50 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Avansalud, por infracción al Artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. |
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03/03/2014 |
Resolución Exenta IF N° 94 |
Se amonesta a la Clínica Avansalud Providencia, por el incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes de la confirmación diagnóstica de un problema de salud GES, en la forma prevista en el artículo 24 de la Ley N°19.966 y en el Titulo IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, aprobado por la Circular IF/N° 77, de 2008. |
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25/07/2011 |
Resolución Exenta IF/N° 568 |
Impónese a la Clínica Avansalud Providencia una multa de 50 U.F., por el incumplimiento reiterado consistente en no dejar constancia escrita de la información a sus pacientes, en la forma prevista por la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud en la Circular IF/N°57 de 15 de noviembre de 2007, disposiciones actualmente contenidas en el capítulo VI Título IV del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Beneficios de la Superintendencia de Salud, que tienen derecho a las Garantías Explicitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° de artículo 24 de la Ley N°19.966. |
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06/07/2010 |
Resolución Exenta IF N° 373 |
Se amonesta a la Clínica Avansalud Providencia, por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 |
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