Resolución que ordena Mantener la inscripción N°131 en el Registro Público de Prestadores Institucionales de Salud Acreditados, al Prestador Institucional Centro de Salud Familiar Dr. Félix de Amesti, de la comuna de Macul, Región Metropolitana, en virtud de haber haber dado cumplimiento a su Plan de Corrección
Amonestación al CESFAM Santa Julia, al CESFAM Dr. Felix de Amesti y al CESFAN Padre Alberto Hurtado, dependientes de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966