Problema de salud 57
Recién nacidos prematuros de menos de 1.500 gramos de peso o menores de 32 semanas de gestación al nacer, con sospecha o diagnóstico de retinopatía.
¿Cuándo? Desde la sospecha realizada por una médica/o.
Lo anterior deberá ser complementado con lo dispuesto en la Norma Técnico Médico Administrativa (NTMA).
Si estás en FONASA![]() |
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Esto cubre GES ![]() SOSPECHA
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![]() DIAGNÓSTICO
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![]() TRATAMIENTO
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![]() SEGUIMIENTO
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Si estás en ISAPRE![]() |
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Esto cubre GES ![]() SOSPECHA
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![]() DIAGNÓSTICO
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![]() TRATAMIENTO
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![]() SEGUIMIENTO
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* Red de establecimientos de salud definidos para FONASA e ISAPRE según corresponda.
** Incluye Hospitalización según lo determinado en el Listado Específico de Prestaciones.
Sí incluye Medicamentos |
No incluye Insumos |
Sí incluye Implementos o Ayudas técnicas |
No incluye Cirugía |
Sí incluye Exámenes |
*Según Listado Específico de Prestaciones para este problema de salud
DENTRO DE 24 HORAS desde la confirmación diagnóstica
Seguimiento
DENTRO DE 30 DÍAS desde la indicación médica
0%FONASA A, B, C y D ![]() |
20%ISAPRES ![]() |
Por ejemplo, si la prestación a realizar es Sospecha y confirmación de retinopatía del prematuro/a, con un arancel de $70.160: