Las propuestas originales de las aseguradoras eran más elevadas y fueron
rebajadas por la autoridad.
– Además, se informó que hay 696.447 contratos afectos a devolución de dinero
por cobros en exceso realizados por las isapres.
17 de octubre de 2024
El Superintendente de Salud, Dr. Víctor Torres Jeldes, dio a conocer hoy los montos
de las primas extraordinarias que fueron autorizadas a cada una de las Isapres para
que ellas las apliquen a sus afiliados y afiliadas, según lo establecido en la ley corta
de Isapres que fue aprobada en el Congreso en mayo pasado.
El Superintendente explicó que “las primas presentadas originalmente por las isapres
eran bastante más altas y nosotros, después de un proceso de revisión, las
rechazamos y solicitamos que fueran revisadas por dichas instituciones y corregidas
a la baja. Luego de ello, las aseguradoras entregaron una nueva propuesta que sí fue
aceptada y con precios más bajos para cada uno de los beneficiarios de los planes
de salud”.
“Hoy damos a conocer la cifra definitiva de la prima que podrá cobrar cada isapre por
beneficiario, según lo establece la ley, pero además hay que considerar que el total
del alza que sufrirá el plan de salud de los cotizantes, no podrá superar en más de un
10% el monto que se pagó en la cotización de julio del año pasado”.
El Superintendente Torres agregó que “además, podemos dar a conocer que hay
696.447 contratos de afiliados o ex afiliados a las isapres a los que se les debe
devolver los dineros cobrados en exceso por las aseguradoras debido al uso de tablas
de factores que no correspondían”.
“Estos dineros serán devueltos tal como lo establece la ley corta de Isapres y en
noviembre próximo, cada persona a la cual se le devolverá dinero recibirá una carta
de su Isapre en la cual se le informará el monto que se le adeuda y las alternativas
de devolución que se le ofrece, que puede ser en cuotas, pago anticipado con
descuento u otra”, agregó Torres.
“Ahora las Isapres deberán, a más tardar, el 25 de octubre de este año, informar a las
personas afiliadas la incorporación de dicha prima en el contrato y ofrecerles, al
menos, una opción de Plan que permita mantener un monto equivalente a la
cotización pactada al mes anterior de la incorporación de esta prima extraordinaria
por beneficiario.
Quienes no se hayan pronunciado expresamente hasta el 29 de noviembre de 2024,
tendrán hasta el 30 de abril de 2025, la opción de cambiarse a alguno de los planes
ofrecidos por la Isapre u otro en comercialización, para lo cual, no se le podrá exigir
una nueva declaración de salud.
Hasta el 30 de abril de 2025, las personas afiliadas podrán ingresar sus reclamos en
las oficinas de la Superintendencia o en el sitio web www.superdesalud.gob.cl.
En los casos en que la persona no acepte el aumento en su cotización pactada y,
cambie de plan, la isapre deberá dejar sin efecto el Formulario Único de Notificación
(FUN) enviado junto a la comunicación, presentar un nuevo FUN y, en caso de que
corresponda, proceder a la reliquidación de prestaciones y restitución de diferencias
cobradas de cotizaciones y/o copagos que se hubieren generado entre la vigencia del
FUN enviado y el que lo reemplace.
Finalmente, las Isapres tuvieron que presentar un plan de reducción de costos para
mejorar su eficiencia y evitar así que esos mayores costos se traspasen a sus
afiliados.