Dando estricto cumplimiento al fallo de la Corte Suprema del 18 de agosto de 2022, que dejó sin efecto el alza del precio base de los planes de salud informados por las Isapres y que le ordenó entre otras materias, establecer en un plazo prudencial para que las Isapres puedan comunicar su decisión de adecuar el precio base de sus planes de salud para el año 2022, dictó el 6 de septiembre de 2022 la Circular IF N°409 que fijaba la forma y plazos para cumplir con dichas instrucciones.
16 de septiembre de 2022
La Superintendencia de Salud, dando estricto cumplimiento al fallo de la Corte Suprema del 18 de agosto de 2022, que dejó sin efecto el alza del precio base de los planes de salud informados por las Isapres y que le ordenó entre otras materias, establecer en un plazo prudencial para que las Isapres puedan comunicar su decisión de adecuar el precio base de sus planes de salud para el año 2022, dictó el 6 de septiembre de 2022 la Circular IF N°409 que fijaba la forma y plazos para cumplir con dichas instrucciones.
Al respecto, el Superintendente Víctor Torres detalló «tal como lo ordenó la corte suprema, la superintendencia de salud, a través de su intendencia de fondos y seguros, estableció un nuevo plazo para que las isapres comunicaran el porcentaje de alza al precio base de sus planes de salud y los antecedentes que la fundamentan.»
Agregó que «el mismo fallo nos instruyó que una vez entregados dichos antecedentes, procediéramos a verificar que estos cumplieran los parámetros establecidos en la ley y en la sentencia del máximo tribunal. La verificación se efectuó contrastando los antecedentes entregados por las isapres con los que disponía la superintendencia de salud, para el proceso de adecuación correspondiente al 2022.»
A partir de esto, el proceso de verificación ha arrojado una variación del costo operacional promedio detallado de la siguiente forma: Colmena, un 6,6%; Cruz Blanca, un 4,3%;, Vida Tres, un 1,4%;, Nueva Masvida, un 7,8 %; Banmédica, un 5,6%; y Consalud, un 14,4%.
Las isapres que alcanzan un valor de verificación superior al Indicador de Costos de la Salud del Sistema de Isapres ICSA que fue establecido en 7,6%, como es el caso de Consalud y Nueva Masvida, deberán ajustar sus alzas hasta dicho valor.