La Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud impartió instrucciones “relativas al derecho de la afiliada a incorporar a su cónyuge como carga familiar en los sistemas de salud previsional”.
29 de junio de 2021
El pasado 24 de junio la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud, instruyó a través de la Circular IF/ N°383 sobre «el derecho de la afiliada a incorporar a su cónyuge como carga familiar en los sistemas de salud previsional».
Incluso la isapre deberá informar a la afiliada que puede «declarar como familiar beneficiario o carga legal a su cónyuge», en caso que cumpla con los requisitos legales para ser «causante de asignación familiar».
Esto significa un avance fundamental en eliminar toda forma de discriminación, y responde a la recientemente aprobada Ley 21.337, que permite que hombres y mujeres puedan ser carga de salud, tanto en Fonasa como en isapres.