Desde el miércoles 30 de diciembre de 2020 ya no será necesario presentar una orden médica para realizarse el examen de Reacción de Polimerasa en Cadena, o PCR, que detecta el SARS CoV-2 (COVID-19). Esto, luego que la Superintendencia de Salud oficiara a las isapres de que ya no podrán exigir tal documento. De esta […]
30 de diciembre de 2020
Desde el miércoles 30 de diciembre de 2020 ya no será necesario presentar una orden médica para realizarse el examen de Reacción de Polimerasa en Cadena, o PCR, que detecta el SARS CoV-2 (COVID-19). Esto, luego que la Superintendencia de Salud oficiara a las isapres de que ya no podrán exigir tal documento.
De esta forma las instituciones de salud previsional «no podrán exigir la orden médica profesional para efectos de reembolsar o adquirir órdenes de atención que se requieran para hacerse el citado examen».
Las isapres, además, deberán informar a sus afiliadas y afiliados de esta medida a través de sus canales de comunicación como correo electrónico, página web o fono consulta. El Oficio Circular también señala que las instituciones deberán precaver «que los prestadores en convenio; los soportes o plataformas de venta electrónica de bonos; y los beneficios adicionales vigentes, relativos al examen, habiliten y/o hagan efectiva de modo inmediato la excepción comunicada».
El examen de PCR se podrá solicitar sin la orden médica, mientras dure la Alerta Sanitaria decretada por el brote del COVID-19.