La entidad fiscalizadora pidió a las aseguradoras medidas concretas en cuanto a información hacia los afiliados/as, y en especial al cuidado y protección de las personas que reciben beneficios –recetas y remedios- por patologías GES.
19 de marzo de 2020
Este jueves 19 de marzo la Superintendencia de Salud hizo llegar a las Isapres una circular en que instruye de medidas excepcionales en el marco del COVID-19.
Principalmente, y producto de la contingencia en que el Presidente Sebastián Piñera decretó además el Estado de Catástrofe, la entidad fiscalizadora pidió a las aseguradoras medidas concretas en cuanto a información hacia los afiliados/as, y en especial al cuidado y protección de las personas que reciben beneficios -recetas y remedios- por patologías GES.
En un primer punto instruye a las Isapres a mantener «una estrecha relación y coordinación con las farmacias en convenio para la dispensación de medicamentos GES de manera que las Garantías de Acceso y Oportunidad no se vean vulneradas».
De igual forma les señala que «deben flexibilizar la dispensación de los medicamentos, accediendo a su entrega en forma anticipada, en especial en los problemas relacionadas con enfermedades crónicas como diabetes, VIH, enfermedad pulmonar obstructiva, entre otras».
En caso que la farmacia en convenio no pueda entregar una solución inmediata a problemas relacionados con enfermedades como las señaladas más arriba, «las Isapres deberán coordinar con las farmacias su envío inmediato al domicilio del beneficiario».
La circular exige también que las farmacias en convenio entreguen los remedios correspondientes a una patología GES, «aun cuando haya expirado el plazo de vigencia de la receta médica, o bien cuando ésta haya sido extendida por un médico o prestador de salud que no forma parte de la red GES de la respectiva institución de salud».
Otro punto importante que va en directo beneficio de las personas que sufren alguna de las 85 patologías GES, tiene que ver con el retiro de los medicamentos, que ahora podrá realizarlo una tercera persona presentando un poder simple y la copia de la Cédula de Identidad del beneficiario/a.
La Superintendencia de Salud pidió también a las Isapres que mantengan «operativos y actualizados» todos los mecanismos que permitan a los afiliados/as contactarse con la aseguradora, a través de un teléfono de atención o bien de la página web de la institución privada de salud, incluso para realizar trámites en línea. Entre estos, que los «beneficiarios/as puedan activar y tramitar las solicitudes de acceso a GES y CAEC y derivación al prestador de la red», entre otros.