Se trata de patologías cuyo tratamiento está garantizado por el AUGE, la Ley Ricarte Soto, y en la regulación que existe para el embarazo.
Cabe destacar que la Superintendencia de Salud en el año 2014 dejó sin efecto la consideración del embarazo como preexistencia enfermedad en las isapres.
14 de marzo de 2016
En el mes de la mujer, el Superintendente de Salud, Sebastián Pavlovic, hizo un llamado a las mujeres del país, a ejercer los derechos que la ley garantiza para prestaciones y patologías propias del género, las que muchas veces quedan sin protección por desconocimiento.
«Es importante que las mujeres puedan informarse sobre cuáles son las patologías incluidas en el AUGE-GES, sobre las que corresponde plazos para su atención, intervención y tratamiento, como también protección financiera. Si bien es cierto que es el propio médico quien debe aclararles de que se trata de una de las 80 patologías garantizadas, siempre es bueno consultar para estar bien informado. Tras informarse de padecer una de ellas y si son beneficiarias de FONASA, deben acudir al consultorio donde están inscritas y, si no lo están, deben inscribirse en él. Si están afiliadas a una Isapre deben atenderse en los centros asistenciales que su aseguradora designe como prestador AUGE/GES para que operen las garantías», indicó la autoridad.
Respecto de las coberturas para las enfermedades, la autoridad señaló que en general «las beneficiarias del FONASA niveles A o B, además de las mayores de 60 años, tienen acceso gratuito en prestadores de la Red Pública. Las que pertenecen a FONASA nivel C y D tienen un copago de 10 y 20% del Valor de Arancel, respectivamente, en prestadores de la Red Pública. Por otra parte, las beneficiarias de ISAPRES, tienen en general un copago del 20% del Valor de Arancel en prestadores de la Red Cerrada, pero esto dependerá del plan contratado».
La autoridad aclaró que actualmente se encuentran garantizada la inmunización para las menores de edad entre los 9 y 13 años, con el objeto de prevenir el Virus de Papiloma Humano. «Y en caso de las mujeres adolescentes y adultas, el AUGE considera las siguientes enfermedades para garantizar su diagnóstico y tratamiento: Cáncer Cérvico Uterino, Cáncer de Mamas desde los 15 años y más, y Cáncer de Ovario Epitelial. En el caso de mujeres con cáncer de mama que sobreexpresan el gen HER2, la Ley Ricarte Soto garantiza el tratamiento con el medicamento de última generación llamado Tranzumab».
Respecto del embarazo, la autoridad señaló que «desde el 14 de marzo del 2014, pueden optar al tratamiento de fertilización asistida de baja complejidad, bajo la fórmula de pago asociado a diagnóstico (PAD). Y aunque no estén afiliadas a FONASA o Isapre, las mujeres tendrán acceso al control del embarazo, incluyendo el parto. Todo ello con cargo al Estado. El AUGE/GES garantiza también el diagnóstico y tratamiento para la prevención del parto prematuro, la analgesia de parto, la salud oral integral de la embarazada, y tratamiento para madre e hijo si la primera es portadora del VIH».
El Superintendente Pavlovic aclaró que las garantías también incluyen a las Disrafias Espinales, sobre las cuales «hay tratamiento desde las 72 horas tras el nacimiento del menor». «Así mismo, también está garantizado el tratamiento para el síndrome de dificultad respiratoria del recién nacido, la fibrosis quística en estos mismos, la hipoacusia neurosensorial bilateral del prematuro, y tratamiento para la displasia luxante de caderas».
Finalmente, el Superintendente informó que las mujeres tienen derecho tanto en FONASA como en Isapres a realizar el examen de medicina preventiva. En el caso de las aseguradoras privadas el embarazado ya no puede ser considerado como preexistencia o enfermedad tal como ocurría hasta la regulación de la superintendencia en noviembre del 2014.