El nuevo Decreto AUGE establece, por primera vez, la entrada en vigencia de la Garantía de Calidad.
13 de febrero de 2013
El Decreto AUGE 80 que comenzará a regir a partir del 1° de julio de este año, además de incorporar 11 nuevas patologías y mejoras en el paquete de prestaciones para 56 de los 69 problemas de salud ya en régimen, estipula la entrada en vigencia de la Garantía de Calidad en tres etapas.
La primera, que se inicia este año, establece que sólo podrán otorgar prestaciones AUGE para los 80 problemas de salud los profesionales y técnicos del área que estén inscritos en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud que administra la Superintendencia de Salud.
Al respecto la Superintendenta de Salud (s), Dra. Liliana Escobar, hizo un llamado a los profesionales y técnicos que brindan atenciones AUGE a solicitar su inscripción anticipadamente. «El procedimiento, desde que ingresa la solicitud hasta que se inscribe en el Registro, dura en promedio 2 meses, por lo tanto, aquellos que aún tienen esta tarea pendiente, a más tardar, a mediados del mes de abril tienen que haber solicitado la inscripción».
Este registro contiene 13 órdenes profesionales y técnicas, que en total suman 26 profesiones. Está disponible en la página web del organismo fiscalizador, www.supersalud.gob.cl, por lo que permite consultar on line si una determinada persona está legalmente habilitada para ejercer su profesión en el país. Además, informa respecto de la(s) especialidad(es) o subespecialidad(es) que tuviere certificada de conformidad con la ley y la reglamentación respectiva, entidad que la certificó, su fecha y vigencia.
Al 31 de enero del 2013 hay en total 244.567 profesionales y técnicos de la salud inscritos en el registro.
La inscripción se realiza, a través de Convenios que la Superintendencia ha establecido con universidades, institutos profesionales, centros de formación técnica y otras entidades habilitantes (109 actualmente), quienes remiten información periódica de sus nuevos profesionales y técnicos titulados o de quienes reciben alguna certificación por parte de estas instituciones. También la propia persona puede solicitar su inscripción directamente o el hospital, clínica o centro de salud puede solicitar la inscripción de su personal.
En estos dos últimos casos, la Superintendencia de Salud pide antecedentes a la casa de estudios que otorgó el título para que valide la información. Una vez que ello ocurre se procesan los datos y, posteriormente, se inscribe en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud si corresponde.
La implementación de la segunda etapa de la Garantía de Calidad está fijada para el próximo año. Desde el 1° de julio del 2014 los hospitales y clínicas de alta complejidad que otorguen tratamiento para alguno de los 24 problemas de salud -definidos para esta etapa- deberán estar acreditados e inscritos en el Registro de Prestadores Acreditados de la Superintendencia de Salud para brindar prestaciones AUGE. Algunos de estos problemas son: las Cardiopatías Congénitas Operables en Menores de 15 años, Cáncer de Mama en personas de 15 años y más, Tratamiento Quirúrgico de Escoliosis en personas menores de 25 años, Cánceres Infantiles, Cáncer Gástrico, Trauma Ocular Grave, entre otros.
La Dra. Escobar, señaló que si bien queda más de un año para la implementación de la segunda fase, «máximo a febrero del año 2014 estas instituciones tienen que presentar su solicitud de acreditación para poder cumplir con el proceso, ya que el procedimiento demora, en promedio, cuatro meses, desde que se realiza la solicitud hasta que la entidad acreditadora emite el informe que indica si el establecimiento acreditó o no».
Agregó que «la acreditación tiene ciertos requisitos que contemplan un determinado tiempo de cumplimiento previo, por lo tanto, desde ya las instituciones no acreditadas tienen que avanzar en esta materia, de manera tal, que en julio del próximo año cuenten con este sello de calidad».
Por último, a partir del 1° de julio del 2015 todos los prestadores de atención cerrada (clínicas y hospitales que brinden hospitalización) que entreguen cualquiera de las atenciones asociadas a los 80 problemas de salud AUGE deberán estar acreditados y registrados en la Superintendencia de Salud.
Que un hospital o clínica esté acreditado significa que el recinto de salud ha demostrado que las actividades y atenciones que se relacionan con sus pacientes cumplen con estándares y protocolos establecidos que mejoran la calidad y seguridad de la atención de las personas y, a su vez, permiten minimizar los errores de procedimiento.
Los ámbitos que se evalúan para obtener este sello de calidad son: el respeto a la Dignidad del Paciente; Gestión de la Calidad; Acceso, Oportunidad y Continuidad de la Atención; Gestión Clínica; Competencias del Recurso Humano; Registros; Seguridad del Equipamiento y de las Instalaciones y Servicios de Apoyo.
Actualmente, hay 41 prestadores acreditados, tanto públicos como privados.
Con la puesta en marcha de la Garantía de Calidad, por primera vez, van a estar en funcionamiento las cuatro garantías que componen este Plan: Acceso, Oportunidad, Protección Financiera y Calidad.
El nuevo Decreto incorpora 11 problemas de salud que son: Trastorno Bipolar, Cáncer Colorectal, Cáncer de Ovario, Cáncer de Vejiga, Osteosarcoma, Hipotiroidismo, Tratamiento de Hipoacusia Moderada, Lupus Eritematoso, Tratamiento Quirúrgico de Lesiones de la Válvula Aórtica, Tratamiento Quirúrgico de Lesiones de las Válvulas Mitral y Tricúspide y Tratamiento de Erradicación de Helicobacter Pylori, para prevenir úlcera gástrica y cáncer gástrico.
Este año una de las novedades en el Decreto Auge 80, además de las 11 nuevas patologías, es que se mejora el paquete de prestaciones para 56 de los 69 problemas de salud ya en régimen. Esto significa la inclusión de nuevos medicamentos, exámenes, o consultas médicas en algunas patologías tales como: la Hiperplasia Benigna de la Próstata, la displasia pulmonar del niño prematuro, cáncer cervicouterino, Epilepsia en el niño y VIH/SIDA, por nombrar algunos.