Con el fin de que las Isapres se vean impedidas de restringir el acceso a los trabajadores que laboran en ciertas empresas o instituciones al seguro privado, la Superintendencia de Salud emitió la Circular IF N°160 que instruye sobre los antecedentes que pueden evaluar los seguros de salud privados respecto de una persona que solicita […]
4 de noviembre de 2011
Con el fin de que las Isapres se vean impedidas de restringir el acceso a los trabajadores que laboran en ciertas empresas o instituciones al seguro privado, la Superintendencia de Salud emitió la Circular IF N°160 que instruye sobre los antecedentes que pueden evaluar los seguros de salud privados respecto de una persona que solicita un contrato de salud.
Esta medida se adoptó luego de fiscalizar una denuncia que señalaba que las Isapres Banmédica y Vida Tres habrían prohibido la afiliación en forma total o parcial a varias empresas, ante lo cual la Superintendencia de Salud comenzó una fiscalización el mismo día en que se conocieron los antecedentes.
El Superintendente de Salud, Luis Romero, indicó que «se emitió una Circular el día de ayer que impide la discriminación, ya que no permitiremos este tipo de conductas, por lo que fiscalizaremos celosamente el cumplimiento de esta nueva normativa, con el fin de resguardar los derechos en salud que tienen las personas».
De acuerdo a los resultados de la fiscalización, que se realizó entre los meses de enero y agosto de este año, se constató que hubo trabajadores dependientes del listado de las empresas aludidas en la denuncia que fueron afiliados a ambos seguros de salud.
En el caso de Banmédica informó que se formalizaron 1.685 contratos entre enero y agosto del 2011, mientras que Vida Tres, suscribió 297 contratos en este período. La Superintendencia de Salud comprobó, tomando una muestra aleatoria, la veracidad de esta información.
No obstante lo anterior, esta Superintendencia dictó la Circular IF N°160 que impide a las Isapres elaborar, tener y hacer uso de listados de organizaciones para discriminar y prohibir el acceso a grupos de personas a estas instituciones de salud previsional, basándose en consideraciones, tales como: sexo, edad, condición de salud y laboral, etnia, entre otras.
«El Gobierno está decidido en implementar reformas que permitan un sistema de salud más solidario y sin discriminación, por lo que no vamos a aceptar que alguna mala práctica atente con nuestro objetivo» sostuvo el Superintendente de Salud, Luis Romero. Agregó que «con esta Circular, que instruye sobre los antecedentes que pueden evaluar los seguros de salud privados respecto de una persona que solicita un contrato de salud, las isapres se verán impedidas de efectuar discriminaciones arbitrarias que no encuentren sustento en el riesgo individual de los futuros afiliados».
El cumplimiento de esta nueva normativa será fiscalizado cabalmente por este organismo, con el fin de asegurar a la ciudadanía sus derechos en salud, ya que el marco normativo vigente establece que las Isapres sólo pueden evaluar el riesgo individual de los futuros afiliados al momento de suscribir el contrato de salud y no en forma previa y de manera colectiva.
Respecto de la nueva denuncia, esta vez, contra la isapre Consalud, la Superintendencia del ramo ya se inició una fiscalización para determinar si es efectiva la prohibición de afiliar a los trabajadores de ciertas empresas.