En la superintendencia de salud los beneficiarios Fondo Nacional de Salud (Fonasa) tienen una baja tasa de reclamos y un significativo porcentaje de sus consultas se refieren a materias que no son del ámbito de competencia de esta entidad. Esta situación se presenta tanto a nivel nacional como regional. En efecto, entre enero y agosto […]
19 de octubre de 2006
En la superintendencia de salud los beneficiarios Fondo Nacional de Salud (Fonasa) tienen una baja tasa de reclamos y un significativo porcentaje de sus consultas se refieren a materias que no son del ámbito de competencia de esta entidad.
Esta situación se presenta tanto a nivel nacional como regional. En efecto, entre enero y agosto de 2006, sólo el 4,6% de los reclamos tramitados en nuestra Agencia corresponden a usuarios del Fonasa y el 56% de las atenciones brindadas (personales y telefónicas) han tratado de temas en los cuales la Superintendencia no es competente. Por ello, es importante que el beneficiario del Fonasa tenga presente que si tiene algún problema con la aseguradora pública de salud, debe reclamar directamente en el Fonasa, entidad que tiene 15 días hábiles para dar una respuesta. El correspondiente reclamo puede ser presentado en el Consultorio, en los Hospitales y en las Sucursales de Fonasa, siendo recomendable que usted se quede con una copia del mismo, donde se registre la fecha en que se entregó y un timbre que fue recibido.
Si la respuesta a su reclamo no es satisfactoria, los afiliados del Fonasa tienen el derecho de recurrir en segunda instancia a la Superintendencia de Salud.
Como en algún momento comenté en este espacio, la Superintendencia de Salud, establece entre sus funciones, la supervigilancia y control del Fondo Nacional de Salud, en todas aquellas materias que digan estricta relación con los derechos que tienen sus beneficiarios en la modalidad de atención institucional, de libre elección, y lo que la ley establezca como Régimen de Garantías en Salud (GES o Plan Auge y Exámenes Preventivos de Salud). Esto significa que la Superintendencia de Salud, fiscalizará y controlará, entre otras cosas, que se cumplan la ley y la normativa vigente respecto a: cálculos de bonificación y copagos por las atenciones recibidas bajo las Modalidades de Libre Elección o Institucional; otorgamiento de préstamos de salud para los beneficiarios y el cumplimiento del Régimen de Garantías en Salud.
En este orden de cosas, nos hemos podido percatar que en general, la población beneficiaria del Fonasa desconoce aspectos claves del uso y derechos de las Ges o Plan Auge.
El Auge es un derecho adquirido por ley por todos los chilenos, el cual nos otorga garantías de acceso, oportunidad de atención, calidad y financiamiento. Para los beneficiarios del Fonasa la puerta de entrada a las Ges o Plan Auge es el consultorio de atención primaria, desde donde las personas son derivadas al establecimiento público que corresponda, según el problema de salud que presenten. De este modo, todos los usuarios del Fonasa que tengan alguna de las 40 enfermedades incluidas en este plan, serán ingresados automáticamente al sistema y recibirán atención en tiempos previamente definidos. Tendrán así derecho a que un médico confirme el diagnóstico e indique el tratamiento, incluyendo en algunos casos la entrega de medicamentos.
Ahora, todo usuario del Fonasa que sufra una emergencia con riesgo vital, como por ejemplo un ataque al corazón, debe dirigirse de inmediato al servicio de urgencia del establecimiento de salud más cercano. Debe asegurarse que el médico tratante certifique por escrito que su vida está en peligro. Sólo así se liberará de la exigencia de un cheque u otro documento en garantía. Si por la emergencia el beneficiario se ve forzado a ingresar a un establecimiento privado, el acompañante debe avisar de inmediato al Fonasa para que sea trasladado al centro asistencial que le corresponda, una vez que su salud se estabilice. Si el paciente desea continuar su tratamiento en el centro privado, debe asumir que perderá las garantías del Plan Auge.
Asimismo, una vez al año los usuarios del Fonasa tienen derecho a realizarse el Examen de Medicina Preventiva (EMP), el cual es gratuito. Para hacérselo, deben ir al consultorio en que están inscritos, desde donde serán derivados a otros establecimientos o laboratorios, si es necesario.
En definitiva, no queremos que por desconocimiento los afiliados del Fonasa no sean capaces de exigir sus derechos en salud.