En caso de menor Felipe Rodríguez.
12 de abril de 2005
El Superintendente de Salud, Dr. Manuel Inostroza dio a conocer la posición de este organismo frente al caso difundido del menor Felipe Rodríguez.A través de un fallo emitido por este organismo se obliga a la isapre ING a cubrir la hospitalización domiciliaria del niño .De este modo, todo lo que demande su enfermedad queda en un 100% cubierto por la isapre, aseguró la autoridad.
El Superintendente explicó que si el paciente se ha sometido a una hospitalización domiciliaria por indicaciones precisas y específicas de los profesionales tratantes de la red de cobertura adicional para enfermedades catastróficas, las atenciones requeridas deben ser cubiertas.
Aclaró que esta premisa no rige cuando el paciente elige libremente a sus prestadores, que no es el caso de Felipe.La autoridad agregó que estar bajo cuidado en el domicilio no se considera una medida excepcional. Por eso,precisó que cubrirlo se convierte en una responsabilidad ineludible por parte de la isapre.
El fallo emitido por la Superintendencia indica que » en relación con la cobertura que corresponde a la ahospitalización domiciliaria a que está sometido el beneficiario esta Intendencia debe recordar a esa Isapre que,como es doctrina permanente de este organismo, si la hospitalización en el domicilio de un beneficiario es equivalente a la que se habría efectuado en un centro asistencial, no se trata de prestaciones extraordinarias,menos extracontractuales, sino que de prestaciones sujetas a la cobertura general del plan de salud pactado.»
Finalmente, precisa que » en consecuencia si el paciente se ha sometido a una hospitalización domiciliaria por indicación precisa y específica de los profesionales tratantes de la Red CAEC, las atenciones requeridas durante dicha hospitalización domiciliaria deben ser cubiertas por el beneficio adicional».
Por otra parte, la Superintendencia determinó que ING Salud debe devolver a la familia medio millón de pesos que cobró como deducible, ya que a juicio de la Superintendencia no correpondía hacerlo debido que los múltiples problemas del menor derivan del mismo episodio catastrófico.
Como no se trata del primer caso de estas características, Inostroza explicó : Tenemos la jurisprudencia administrativa suficiente para establecer una norma al respecto que garantice la continuidad del beneficio de la hospitalización domiciliaria».