Fija el nuevo arancel máximo a contar del 28/09/2015, que pueden percibir por sus servicios los profesionales inscritos en el Registro de Mediadores para reclamos contra Prestadores Privados de Salud de la Superintendencia, establecido en la Ley N°19.966. PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL EL 29/10/2015.
28 de septiembre de 2015