Téngase por comunicada dentro del plazo la decisión de la Isapre Vida Tres, de adecuar el precio base de sus planes de salud en un 2,9% y, además, su decisión de no ejercer su derecho a incorporar el valor en UF, a fin de financiar en parte las prestaciones de salud de las cargas nonatas o menores de dos años de edad que no estén cubiertas a través del régimen de garantías explícitas en salud, un monto que asciende a 0,058 UF, por cada beneficiario/a de edad mayor o igual a dos años y menor de 65 años
28 de febrero de 2024