Téngase por comunicada dentro del plazo la decisión de la Isapre Cruz Blanca, de adecuar el precio base de sus planes de salud en un 7,4% y, además, su decisión de no ejercer su derecho a incorporar el valor en UF, a fin de financiar en parte las prestaciones de salud de las cargas nonatas o menores de dos años de edad que no estén cubiertas a través del régimen de garantías explícitas en salud, un monto que asciende a 0,043 UF por cada beneficiario/a de edad mayor o igual a dos años y menor de 65 años.
28 de febrero de 2024