Amonéstase al Consultorio Arturo Albertz, al Consultorio Lo Amor y al Centro de Salud Familiar Cerro Navia por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966
10 de septiembre de 2008