lmpónese al Hospital Clínico del Sur una multa de 200 U.F. (doscientas unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el «Formulario de Constancia de Información al Paciente GES», o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud «Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años» y «Urgencia Odontológica Ambulatoria».
04 de agosto de 2016
Modificada por la Resolución Exenta IF/N° 241 del 24/08/2017 acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por el prestador «Hospital Clínico del Sur», en contra de la Resolución Exenta IF/Nº 290, de 4 de agosto de 2016, rebajándose el monto de la multa aplicada a 170 unidades de fomento.