Impónese a la Clínica Universitaria de Puerto Montt una multa de 375 U. F. (trescientas setenta y cinco unidades de fomento), por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las GES y de dejar constancia escrita de ello en el «Formulario de Constancia de Información al Paciente GES», o en el documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud «Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años» y «Urgencia Odontológica Ambulatoria», según fuere el caso.
20 de julio de 2016
Modificada por la Resolución Exenta IF/N° 410 del 23/11/2016 que acoge parcialmente el recurso de reposición interpuesto en contra de la Resolución Exenta IF/N° 271 de 20 de julio de 2016.