Instruye a las Isapres la obligación de disponer de un correo electrónico para la entrega por parte del afiliado (reclamante) de antecedentes para el cumplimiento de instrucciones dictadas en sentencia arbitral u oficio, dictados por esta intendencia en la resolución de reclamos.
09 de abril de 2020
El Oficio Circular IF/N° 20 del 09.042020 fue modificada por la Resolución Exenta IF/N° 215 del 24.04.2020
Oficio Circular derogado por Circular IF/N°463, de fecha 27 de marzo de 2024.