Dicta instrucciones sobre el procedimiento administrativo destinado a la inscripción transitoria en el Registro de Prestadores Individuales de Salud de los médicos titulados en el extranjero cuyo título no esté revalidado o habilitado en chile, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto nº 4, de 2020, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el período que se señala y otorga facultades extraordinarias que indica por Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV), y sobre la modificación o cancelación de tales inscripciones.-
24 de junio de 2020