Imparte instrucciones sobre los procedimientos administrativos destinados a las inscripciones de títulos, habilitaciones y de especialidades en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud y sobre las modificaciones de tales inscripciones. Derógase a partir del 29 de febrero de 2016 la Circular Interna IP N°2 del 31 de mayo de 2012. Todas las materias y tramitaciones no previstas en la Circular Interna IP N°3 de 2016, se sujetarán a lo previsto en la Ley N°19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
29 de febrero de 2016