Instruye plazo para designar prestador de salud GES, el objetivo de la presente circular es velar porque los beneficiarios que solicitan activar las GES, reciban una pronta y rápida información sobre el prestador de salud que les ha sido designado, a fin de acceder de forma oportuna a las atenciones GES. Modifica el Compendio de Beneficios. Las disposiciones de la presente circular entrarán en vigencia a partir del quinto día hábil siguiente a su notificación. Vigencia de la Circular IF/N°381 a contar del 31 de agosto de 2021, de acuerdo a Resolución Exenta IF/N°432, de 03.08.2021
09 de junio de 2021
La Circular IF/N° 381 del 09 de junio de 2021 fue modificada por la Resolución Exenta IF/N° 432 del 03 de agosto de 2021.