Imparte instrucciones sobre el objeto exclusivo de las Instituciones de Salud Previsional y las prohibiciones del Artículo 176, del DFL N°1, de 2005, de salud.
05 de mayo de 2006
Interpretada por Ord. Circular IF/N°38 de 24/05/2006, en cuanto a precisar los representantes de isapres a quienes se aplican las prohibiciones del Artículo 176 del DFL N°1.