Contenido principal
Fecha de publicaciónPrestadorTí­tuloResumen y modificacionesMateria
16/11/2010          Resolución Exenta IP N° 379Sentencia sumarial por fiscalización de Ley que prohíbe condicionar el otorgamiento de prestaciones a Cheques o dinero en Garantía.  
09/11/2010         Centro Médico UC MarcoletaResolución Exenta IF N° 645Resolución Exenta IF N° 645Se amonesta al Centro Médico UC Marcoleta por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
14/09/2010     Consultorio Batuco    Resolución Exenta IF N° 548Resolución Exenta IF N° 548Amonéstase al Consultorio Batuco, por no dejar constancia escrita de la información a sus pacientes, en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF/57, de 15 de noviembre de 2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
14/09/2010     Consultorio Nº 1 Dr. Ramón Corbalán Melgarejo    Resolución Exenta IF N° 547Resolución Exenta IF N° 547Amonéstase al Consultorio N°1 Dr. Ramón Corbalán Melgarejo, por no dejar constancia escrita de la información a sus pacientes, en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF/57, de 15 de noviembre de 2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
02/09/2010Clínica La Portada         Resolución Exenta IP N° 278Acoge el Recurso de Reposición deducido por la Clínica Regional La Portada de Antofagasta en contra de la Resolución Exenta IP/N° 10 de fecha 20 de enero de 2010, debido a la infracción de lo dispuesto en el artículo 141, inciso final del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía
02/09/2010Clínica Hospital del Profesor         Resolución Exenta IP N° 276Sanciónase al pago de una multa de 60 Unidades Tributarias Mensuales a la Comunidad Hospital del Profesor, por infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL. Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía
02/09/2010Clínica Antofagasta         Resolución Exenta IP N° 275Acoge el Recurso de Reposición deducido por la Clínica Antofagasta en contra de la Resolución Exenta IP/N°8 de fecha 20 de enero de 2010, por infracción del Artículo 141 bis del D.F.L. N°1 1/2005, del Ministerio de Salud. Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía
18/08/2010Clínica Indisa         Resolución Exenta IF N° 480Resolución Exenta IF N° 480Amonéstase a Clínica Indisa, por no dejar constancia escrita de la información a sus pacientes, en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF/57, de 15 de noviembre de 2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
16/08/2010         Centro de Salud Universidad de Los AndesResolución Exenta IF N° 474Resolución Exenta IF N° 474Se amonesta al Centro de Salud Universidad de Los Andes por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
20/07/2010Clínica El Loa         Resolución Exenta IP N° 218Absuélvese a la sociedad Clínica El Loa S.A., en su calidad de propietaria del prestador institucional denominado Clínia El Loa, del cargo formulado mediante la Resolución exenta IP/N°11 de 20 de enero de 2010, por infracción del Artículo 173 bis del D.F.L. N° 1/2005, del Ministerio de Salud. Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía
12/07/2010         Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal NorteResolución Exenta IF N° 385Resolución Exenta IF N° 385Impónese a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Norte una multa por 50 UF por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/07/2010         Centro Médico Megasalud Puerto MonttResolución Exenta IF N° 380Resolución Exenta IF N° 380Se amonesta al Centro Médico Megasalud Puerto Montt, por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/07/2010         Centro Médico Megasalud de TalcaResolución Exenta IF N° 379Resolución Exenta IF N° 379Se amonesta al Centro Médico Megasalud Talca, por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/07/2010         Centro Médico Megasalud RancaguaResolución Exenta IF N° 378Resolución Exenta IF N° 378Se amonesta al Centro Médico Megasalud Rancagua por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/07/2010         Centro Médico Megasalud ConchalíResolución Exenta IF N° 377Resolución Exenta IF N° 377Se amonesta al Centro Médico Megasalud Conchalí por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/07/2010         Centro Médico Megasalud ConcepciónResolución Exenta IF N° 374Resolución Exenta IF N° 374Se amonesta al Centro Médico Megasalud Concepción por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/07/2010Clínica Avansalud         Resolución Exenta IF N° 373Resolución Exenta IF N° 373Se amonesta a la Clínica Avansalud Providencia, por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/07/2010         Centro Médico Vidaintegra ÑuñoaResolución Exenta IF N° 372Resolución Exenta IF N° 372Se amonesta a Vidaintegra Ñuñoa por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/07/2010         Centro Médico Megasalud Viña del MarResolución Exenta IF N° 371Resolución Exenta IF N° 371Se amonesta al Centro Médico Megasalud Viña del Mar por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/07/2010         Centro Médico Megasalud QuilpuéResolución Exenta IF N° 370Resolución Exenta IF N° 370Se amonesta al Centro Médico Megasalud Quilpué por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/07/2010         Centro Médico Megasalud OsornoResolución Exenta IF N° 369Resolución Exenta IF N° 369Se amonesta al Centro Médico Megasalud Osorno por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/07/2010         Centro Médico Megasalud OsornoResolución Exenta IF N° 368Resolución Exenta IF N° 368Se amonesta al Centro Médico Megasalud Osorno por Incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
18/05/2010        Hospital Parroquial de San Bernardo Resolución Exenta N°237Resolución Exenta N°237Se amonesta al Hospital de Puerto Montt por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
18/05/2010        Hospital Parroquial de San Bernardo Resolución Exenta N°236Resolución Exenta N°236Se amonesta a la Fundación Hospital Parroquial de San Bernardo por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
18/05/2010        Hospital San Juan de Dios de La Serena Resolución Exenta N°235Resolución Exenta N°235Hospital San Juan de Dios de la Serena por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/05/2010     Consultorio Villa Alegre de Temuco    Resolución Exenta IF N° 241Resolución Exenta IF N° 241Amonéstase al Consultorio Villa Alegre, dependiente de la I. Municipalidad de Temuco, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/05/2010     Consultorio Santa Rosa de Temuco    Resolución Exenta IF N° 240Resolución Exenta IF N° 240Amonéstase al Consultorio Santa Rosa, dependiente de la I. Municipalidad de Temuco, por incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/05/2010      CESFAM Pueblo Nuevo   Resolución Exenta IF N° 239Resolución Exenta IF N° 239Amonéstase al CESFAM de Pueblo Nuevo, dependiente de la I. Municipalidad de Temuco, por incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita de la circunstancia de haberse informado a sus pacientes que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/05/2010     Consultorio Abel Zapata de Rancagua    Resolución Exenta IF N° 238Resolución Exenta IF N° 238Amonéstase al Consultorio Abel Zapata, dependiente de la Corporación Municipal de Servicios Públicos Traspasados de Rancagua, por no informar a los pacientes, en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF/57, de 15 de noviembre de 2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/05/2010     Consultorio La Pincoya    Resolución Exenta IF N° 237Resolución Exenta IF N° 237Amonéstase al Consultorio Eduardo Geyter, dependiente de la Corporación Municipal de Servicios Públicos Traspasados de Rancagua, por no informar a los pacientes, en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF/57, de 15 de noviembre de 2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/05/2010     Consultorio María Latiffe de Rancagua    Resolución Exenta IF N° 236Resolución Exenta IF N° 236Amonéstase al Consultorio María Latiffe, dependiente de la Corporación Municipal de Servicios Públicos Traspasados de Rancagua, por no informar a los pacientes, en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF/57, de 15 de noviembre de 2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/05/2010      CESFAM Rahue Alto-Osorno   Resolución Exenta IF N° 235Resolución Exenta IF N° 235Amonéstase al CESFAM de Rahue alto, dependiente de la I. Municipalidad de Osorno, por incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita de la circunstancia de haberse informado a sus pacientes que les afectaba una patología incluida en el Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/05/2010      CESFAM José Dionisio Astaburuaga de Talca   Resolución Exenta IF N° 234Resolución Exenta IF N° 234Amonéstase al CESFAM José Dionisio Astaburuaga, dependiente de la I. Municipalidad de Talca, por incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita de la circunstancia de haberse informado a sus pacientes que les afectaba una patología incluida en el Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/05/2010      CESFAM Lontué   Resolución Exenta IF N° 233Resolución Exenta IF N° 233Amonéstase al CESFAM de Lontué, dependiente de la I. Municipalidad de Molina, por incumplimiento de la obligación de dejar constancia escrita de la circunstancia de haberse informado a sus pacientes que les afectaba una patología incluida en el Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
30/04/2010Clínica Hospital del Profesor         Resolución Exenta IP N° 149Absuélvese a la Comunidad Hospital del Profesor del cargo formulado mediante la Resolución Exenta IP/N°7 del 20/01/2010, debido a la infracción de lo dispuesto en el artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL, por los hechos y motivos fundados expuestos en la presente resolución. Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía
30/04/2010Clínica Indisa         Resolución Exenta IP N° 148Acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por la Clínica lndisa (Sociedad Instituto de Diagnóstico S.A.) en contra de la Resolución Exenta IP/Nº66 del 24 de febrero de 2010, rebajando la multa impuesta a la suma de 125 Unidades Tributarias Mensuales.  Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía
24/02/2010Clínica Indisa         Resolución Exenta IP/N° 66Sanciónase al pago de una multa por 250 Unidades Tributarias Mensuales a la Clínica Indisa (Sociedad Instituto de Diagnóstico S.A.) por infracción al Artículo 173 bis del D.F.L. N°1/2005 del Ministerio de Salud.

Fecha y motivo de la modificación

Modificada por la Resolución Exenta IP/N°148 del 30/04/2010 que acoge parcialmente el recurso de repocisión deducido por la Clínica Indisa en contra de la Resolución Exenta IP/N°66 del 24/02/2010.

Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía
20/01/2010Clínica El Loa         Resolución Exenta IP/N° 11Formúlase cargos al prestador la Clínica El Loa, por infracción al artículo 173 bis del D.F.L. N°1/2005 del Ministerio de Salud.

Fecha y motivo de la modificación

Modificada por la Resolución Exenta IP/N°218 del 20/07/2010 que acoge el recurso de repocisión deducido por la Clínica El Loa en contra de la Resolución Exenta IP/N°11 del 20/01/2010.

Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía
20/01/2010Clínica La Portada         Resolución Exenta IP/N° 10Formúlase ccargos al prestador la Clínica La Portada de Antofagasta, por infracción del artículo 141 bis del D.F.L. N°1/2005 del Ministerio de Salud y al artículo 141, inciso final, del D.F.L. N°1/2005 del Ministerio de Salud.

Fecha y motivo de la modificación

Modificada por la Resolución Exenta IP/N°278 del 02/09/2010 que acoge el recurso de repocisión deducido por la Clínica La Portada de Antofagasta en contra de la Resolución Exenta IP/N°10 del 20/01/2010.

Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía
20/01/2010Clínica Hospital del Profesor         Resolución Exenta IP/N° 7Formúlase cargos al Prestador Clínica Hospital del Profesor, por infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.

Fecha y motivo de la modificación

Modificada por la Resolución Exenta IP/N°149 del 30/04/2010 que absuelve a la Clínica Hospital del Profesor del cargo formulado debido a la infracción de lo dispuesto en el artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL,

Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía
20/01/2010Clínica Antofagasta         Resolución Exenta IP/N° 8Formúlase cargos al Prestador Clínica Antofagasta (Sociedad Clínica Antofagasta), por infracción del artículo 141 bis, del D.F.L N° 1, de 2005, del MINSAL.

Fecha y motivo de la modificación

Modificada por la Resolución Exenta IP/N°275 del 02/09/2010 que acoge el recurso de repocisión deducido por la Clínica Antofagasta en contra de la Resolución Exenta IP/N°8 del 20/01/2010.

Infracción a la Ley que prohíbe el cheque en garantía
16/09/2009     Consultorio José Bauzá Frau    Resolución Exenta IF N° 476Resolución Exenta IF N° 476Amonestación al Consultorio José Bauzá Frau, en su calidad de prestador de salud dependiente de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Lampa por no informa a los pacientes en la forma prevista por esta Intendencia en la Circular IF N°57, de 15/11/2007, que tienen derecho a las Garantías Explícitas en Salud, como lo ordena el inciso 2° del artículo 24 de la Ley N°19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
19/12/2008      CESFAM de Angelmó   Resolución Exenta IF N° 624Resolución Exenta IF N° 624Amonestación al CESFAM de Angelmó, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Puerto Mott, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008      CESFAM de Concepción   Resolución Exenta IF N° 570Resolución Exenta IF N° 570Amonestación al CESFAM, dependiente del Servicio de Salud de Concepción, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008      CESFAM de Viña del Mar   Resolución Exenta IF N° 569Resolución Exenta IF N° 569Amonestación al CESFAM, dependiente de la Corporación de Desarrollo Social de Viña del Mar, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008          Resolución Exenta IF N° 568Resolución Exenta IF N° 568Amonestación al CESFAM Los Volcanes, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Chillan, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008         Centro Juan Pablo IIResolución Exenta IF N° 567Resolución Exenta IF N° 567Amonestación al Centro Juan Pablo II, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Antofagasta, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008     Consultorio Quilpué    Resolución Exenta IF N° 566Resolución Exenta IF N° 566Amonestación al Consultorio Quilpué, dependiente de la Corporación Municipal de Quilpué, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008         Centro de Salud Dr. Miguel ConchaResolución Exenta IF N° 565Resolución Exenta IF N° 565Amonestación al Centro de Salud Dr. Miguel Concha, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Quillota, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008     Consultorio Eduardo Frei Montalva    Resolución Exenta IF N° 564Resolución Exenta IF N° 564Amonestación al Consultorio Eduardo Frei, dependiente de la Corporación Municipal para el Desarrollo Social de Villa Alemana, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008     Consultorio General Urbano de San Felipe    Resolución Exenta IF N° 563Resolución Exenta IF N° 563Amonestación al Consultorio General Urbano de San Felipe , dependiente del Servicio de Salud de Aconcagua, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008      CESFAM Dr. Néstor Fernández Thomas   Resolución Exenta IF N° 562Resolución Exenta IF N° 562Amonestación al Centro de Salud Familiar Dr. Néstor Fernández Thomas, dependiente de la Ilustre Municipalidad de San Antonio, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008      CESFAM Hualpencillo   Resolución Exenta IF N° 561Resolución Exenta IF N° 561Amonestación al CESFAM Hualpencillo, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Hualpén, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008     Consultorio Plaza Justicia    Resolución Exenta IF N° 560Resolución Exenta IF N° 560Amonestación al Consultorio Plaza Justicia, dependiente de la Ilustre Municipalidad de San Antonio, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008      CESFAM Norte de Los Angeles   Resolución Exenta IF N° 559Resolución Exenta IF N° 559Amonestación al CESFAM Norte de Los Angeles, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Los Angeles, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008         Centro de Salud Violeta ParraResolución Exenta IF N° 558Resolución Exenta IF N° 558Amonestación al Centro de salud violeta Parra, dependiente del Servicio de Salud de Ñuble, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008      CESFAM Paulina Avendaño Pereda / CESFAM San Vicente   Resolución Exenta IF N° 557Resolución Exenta IF N° 557Amonestación al CESFAM San Vicente y al CESFAM Paulina Avendaño Pereda, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Talcahuano, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008         Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal NorteResolución Exenta IF N° 556Amonestación a Integramédica Centros Médicos S.A. Sucursal Norte por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
06/11/2008Clínica Vespucio         Resolución Exenta IF N° 555Resolución Exenta IF N° 555Amonestación a Clínica Vespucio S.A., por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008         Centro de Referencia de Salud (CRS) Dr. Salvador AllendeResolución Exenta IF N° 465Resolución Exenta IF N° 465Amonestación al CRS Dr. Salvador Allende, dependiente del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio José Symon Ojeda / Consultorio Lucas SierraCESFAM Dr. Alberto Bachelet / CESFAM Juanita Aguirre  CECOF Dra. Haydée SepúlvedaResolución Exenta IF N° 464Resolución Exenta IF N° 464Amonestación al CESFAM Juanita Aguirre, Consultorio Lucas Sierra, Consultorio José Symon Ojeda, CECOF Dra. Haydée Sepúlveda y CESFAM Dra. Alberto Bachelet , todos dependientes Corporación Municipal de Eduacaión y Salud y Atención de Menores de Conchalí, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Fernando Monckeberg    Resolución Exenta IF N° 463Resolución Exenta IF N° 463Amonestación al Consultorio, Consultorio Fernando Monckeberg, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Peñaflor, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008      CESFAM Pueblo Lo Espejo  Centro de Salud Clara Estrella / Centro de Salud Dra. Mariela SalgadoResolución Exenta IF N° 462Resolución Exenta IF N° 462Amonestación al CESFAM Pueblo Lo Espejo, Centro de Salud Clara Estrella y Centro de Salud Dra. Mariela Salgado, todos dependientes de la Ilustre Municipalidad de Lo Espejo, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Pablo de Rokha / Consultorio San RafaelCESFAM El Roble / CESFAM Santiago de Nueva Extremadura   Resolución Exenta IF N° 461Resolución Exenta IF N° 461Amonestación al CESFAM El Roble, Consultorio San Rafael, CESFAM Santiago de Nueva Extremadura, Consultorio Pablo de Rokha, todos dependientes de la Ilustre Municipalidad de La Pintana, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Huertos Familiares    Resolución Exenta IF N° 460Resolución Exenta IF N° 460Amonestación al Consultorio Huertos Familiares, dependiente de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Til Til, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008      CESFAM Dr. Arturo Goñi Baeza / CESFAM San Joaquín / CESFAM Santa Teresa de Los Andes   Resolución Exenta IF N° 459Resolución Exenta IF N° 459Amonestación al CESFAM San Joaquín, CESFAM Dr. Arturo Goñi Baeza, CESFAM Santa Teresa de Los Andes , dependientes de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de San Joaquín, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Municipal de Talagante    Resolución Exenta IF N° 458Resolución Exenta IF N° 458Amonestación al Consultorio Municipal de Talagante, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Talagante, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Apoquindo    Resolución Exenta IF N° 457Resolución Exenta IF N° 457Amonestación al Consultorio Apoquindo, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Las Condes, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Garín / Consultorio Lo Franco    Resolución Exenta IF N° 456Resolución Exenta IF N° 456Amonestación al Consultorio Lo Franco y al Consultorio Garín , dependientes de la Corporación Comunal de Desarrollo Quinta Normal, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Alberto Hurtado / Consultorio Juan Pablo II / Consultorio Madre Teresa de Calcuta    Resolución Exenta IF N° 455Resolución Exenta IF N° 455Amonestación al Consultorio Madre Teresa de Calcuta, al Consultorio Alberto Hurtado y al Consultorio Juan Pablo II, dependientes de la Pontificia Universidad Católica, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio El Barrero / Consultorio La Pincoya / Consultorio Los Libertadores    Resolución Exenta IF N° 454Resolución Exenta IF N° 454Amonestación al Consultorio El Barrero, al Consultorio Los Libertadores, y al Consultorio La Pincoya, dependientes de la Ilustre Municipalidad de Huechuraba, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008      CESFAM Juan Pablo II   Resolución Exenta IF N° 453Resolución Exenta IF N° 453Amonestación al CESFAM Juan Pablo II, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Padre Hurtado, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Dr. Norman Voullieme / Consultorio Enfermera Sofia Pincheira / Consultorio Los Nogales / Consultorio Lo Valledor Norte / Consultorio N° 5 Unión Americana / Consultorio Nº 1 Dr. Ramón Corbalán Melgarejo / Consultorio San José de ChuchuncoCESFAM Dra. Ana María Juricic / CESFAM Dr. José Ahúes Salame   Resolución Exenta IF N° 452Resolución Exenta IF N° 452Amonestación al Consultorio N° 1, CESFAM Dra. Ana María Juricic, al Consultorio Lo Valledor Norte, al CESFAM Dr. José Ahúes Salame, al Consultorio N° 5 Unión Americana, al Consultorio Dr. Norman Voullieme, al Consultorio Enfermera Sofia Pincheira , al Consultorio Los Nogales y al Consultorio San José de Chuchunco , todos dependientes del Servicio de Salud Metropolitano Central, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio San ManuelCESFAM Francisco Boris Soler   Resolución Exenta IF N° 451Resolución Exenta IF N° 451Amonestación al Consultorio San Manuel, al CESFAM Francisco Boris Soler, dependientes de la Corporación Municipal de Melipilla para la Educación y Salud, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Hernán Urzúa Merino / Consultorio Huamachuco / Consultorio Renca    Resolución Exenta IF N° 450Resolución Exenta IF N° 450Amonestación al Consultorio Renca, al Consultorio Huamachuco y al Consultorio Hernán Urzúa Merino, dependientes de la Corporación Municipal de Renca, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Dr. Carlos Avendaño / Consultorio Santa AnitaCESFAM Pablo Neruda / CESFAM Yazigi   Resolución Exenta IF N° 449Resolución Exenta IF N° 449Amonestación al CESFAM Pablo Neruda, al CESFAM Yazigi, al Consultorio Dr. Carlos Avendaño y al Consultorio Santa Anita , dependientes de la Corporación Municipal de Lo Prado, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Cardenal San Luis / Consultorio La Faena / Consultorio Lo Hermida / Consultorio Raúl Silva Henríquez    Resolución Exenta IF N° 448Resolución Exenta IF N° 448Amonestación al Consultorio Raúl Silva Henríquez, al Consultorio Lo Hermida, al Consultorio La Faena, y al Consultorio Cardenal San Luis , dependientes de la Corporación Municipal de Peñalolén, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Pudahuel Estrella / Consultorio Pudahuel Poniente / Consultorio Raúl Silva HenríquezCESFAM Gustavo Molina / CESFAM Violeta Parra   Resolución Exenta IF N° 447Resolución Exenta IF N° 447Amonestación al Consultorio Pudahuel Poniente, Consultorio Raúl Silva Henríquez, al CESFAM Gustavo Molina, al CESFAM Violeta Parra y al Consultorio Pudahuel Estrella, dependientes de la Corporación Municipal de Pudahuel, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Bellavista / Consultorio La Florida / Consultorio Los Quillayes / Consultorio Mafioletti / Consultorio Santa Amalia / Consultorio Trinidad / Consultorio Villa O' Higgins    Resolución Exenta IF N° 446Resolución Exenta IF N° 446Amonestación al Consultorio La Florida, al Consultorio Mafioletti, al Consultorio Bellavista, al Consultorio Los Quillayes, al Consultorio Santa Amalia, al Consultorio Villa O' Higgins, y al Consultorio Trinidad, dependientes de la Corporación Municipal de La Florida, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Amador Neghme / Consultorio Edgardo Enríquez    Resolución Exenta IF N° 445Resolución Exenta IF N° 445Amonestación al Consultorio Edgardo Enríquez y al Consultorio Amador Neghme, dependientes de la Ilustre Municipalidad de Pedro Aguirre Cerda, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008      CESFAM Ignacio Domeyco  Centro de Salud Benjamín Viel / Centro de Salud San VicenteResolución Exenta IF N° 444Resolución Exenta IF N° 444Amonestación al Centro de Salud San Vicente, al CESFAM Ignacio Domeyco y al Centro de Salud Benjamín Viel, dependientes de la Ilustre Municipalidad de Santiago, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio La Bandera / Consultorio Poetisa Gabriela Mistral / Consultorio San Ramón    Resolución Exenta IF N° 443Resolución Exenta IF N° 443Amonestación al Consultorio La Bandera, al Consultorio San Ramón y al Consultorio Poetisa Gabriela Mistral, dependientes de la Ilustre Municipalidad de San Ramón, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Barros Luco / Consultorio Recreo    Resolución Exenta IF N° 442Resolución Exenta IF N° 442Amonestación al Consultorio Barros Luco y al Consultorio Recreo, dependientes de la Corporación Municipal de San Miguel, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008      CESFAM Bernardo Leighton / CESFAM Karol Wojtyla  Centro de Salud Alejandro del Río / Centro de Salud Padre Manuel Villaseca / Centro de Salud San GerónimoResolución Exenta IF N° 441Resolución Exenta IF N° 441Amonestación al Centro de Salud Padre Manuel Villaseca, al CESFAM Karol Wojtyla, CESFAM Bernardo Leighton , al Centro de Salud Alejandro del Rio y al Centro de Salud San Gerónimo, dependientes de la Corporación Municipal de Educación, Salud y Atención de Menores de Puente Alto, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008      CESFAM Isla de Maipo   Resolución Exenta IF N° 440Resolución Exenta IF N° 440Amonestación al CESFAM Isla de Maipo, dependiente de la Corporación Municipal de Isla de Maipo para Educación y Salud, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008         Centro de Salud El MonteResolución Exenta IF N° 439Resolución Exenta IF N° 439Amonestación al Centro de Salud El Monte, dependiente de la Ilustre Municipalidad de El Monte, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008      CESFAM Dr. Felix de Amesti / CESFAM Padre Alberto Hurtado / CESFAM Santa Julia   Resolución Exenta IF N° 438Resolución Exenta IF N° 438Amonestación al CESFAM Santa Julia, al CESFAM Dr. Felix de Amesti y al CESFAN Padre Alberto Hurtado, dependientes de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Macul, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Andes    Resolución Exenta IF N° 437Resolución Exenta IF N° 437Amonestación al Consultorio Andes, dependientes del Servicio de Salud Metropolitano Occidente, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
11/09/2008     Consultorio Irene Frei    Resolución Exenta IF N° 436Resolución Exenta IF N° 436Amonestación al Consultorio Irene Frei, dependiente de la Ilustre Municipalidad de Quilicura, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008         Centro de Referencia de Salud (CRS) Cordillera OrienteResolución Exenta IF N° 433Resolución Exenta IF N° 433Amonestación a CRS Cordillera Oriente, por incumplir su obligación del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes, la circunstancia de afectarles una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008      CESFAM Cristo Vive   Resolución Exenta IF N° 432Resolución Exenta IF N° 432Amonéstase al CESFAM Cristo Vive, dependiente de la Fundación Cristo Vive, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008     Consultorio CRS de Maipú    Resolución Exenta IF N° 431Resolución Exenta IF N° 431Amonéstase al Consultorio CRS de Maipú, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008         Centro de Referencia de Salud (CRS) San RafaelResolución Exenta IF N° 430Resolución Exenta IF N° 430Amonéstase al Centro de Referencia de la Salud San Rafael, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008         Centro de Salud BatucoResolución Exenta IF N° 429Resolución Exenta IF N° 429Amonéstase al Centro de Salud Batuco, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008         Centro de Salud Dr. Agustín Cruz Melo / Centro de Salud Juan Antonio RíosResolución Exenta IF N° 428Resolución Exenta IF N° 428Amonéstase al Centro de Salud Dr. Agustín Cruz Melo y al Centro de Salud Juan Antonio Ríos, ambos dependendientes de la Ilustre Municipalidad de Independencia, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008      CESFAM Colina / CESFAM Esmeralda   Resolución Exenta IF N° 427Resolución Exenta IF N° 427Amonéstase al CESFAM Colina y CESFAM Esmeralda, ambos dependendientes de la Corporación Municipal del Desarrollo Social de Colina, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008      CESFAM Vitacura   Resolución Exenta IF N° 426Resolución Exenta IF N° 426Amonéstase al CESFAM Vitacura por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008     Consultorio Central de Paine    Resolución Exenta IF N° 425Resolución Exenta IF N° 425Amonéstase al Consultorio Central de Paine por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008     Consultorio Arturo Albertz / Consultorio Lo AmorCESFAM Cerro Navia   Resolución Exenta IF N° 424Resolución Exenta IF N° 424Amonéstase al Consultorio Arturo Albertz, al Consultorio Lo Amor y al Centro de Salud Familiar Cerro Navia por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008      CESFAM Rosita Renard / CESFAM Salvador Bustos   Resolución Exenta IF N° 423Resolución Exenta IF N° 423Amonéstase al CESFAM Rosita Renard y al CESFAM Salvador Bustos, ambos dependientes de la Ilustre Municipalidad de Ñuñoa, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008     Consultorio General Rural Adriana Madrid de Costabal    Resolución Exenta IF N° 422Resolución Exenta IF N° 422Amonéstase al Consultorio General Rural Adriana Madrid de Costabal, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008         Centro de Salud Lo BarnecheaResolución Exenta IF N° 421Resolución Exenta IF N° 421Amonéstase al Centro de Salud Lo Barnechea, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008     Consultorio de Recoleta   Centro de Salud de Quinta Bella / Centro de Salud ValdiviesoResolución Exenta IF N° 420Resolución Exenta IF N° 420Amonéstase al Consultorio de Recoleta, al Centro de Salud de Quinta Bella y al Centro de Salud Valdivieso, todos dependientes de la Ilustre Municipalidad de Recoleta, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008      CESFAM Clotario Blest / CESFAM Dr. Carlos Godoy / CESFAM Iván Inzunza   Resolución Exenta IF N° 419Resolución Exenta IF N° 419Amonéstase al CESFAM Dr. Carlos Godoy, al CESFAM Clotario Blest y al CESFAM Iván Inzunza, todos dependientes de la Ilustre Municipalidad de Maipú, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008     Consultorio Calera de Tango / Consultorio Los Bajos de San Agustín    Resolución Exenta IF N° 418Resolución Exenta IF N° 418Amonéstase al Consultorio Calera de Tango y al Consultorio Los Bajos de San Agustín, ambos dependientes de la Ilustre Municipalidad de Calera de Tango, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008     Consultorio Eduardo Frei Montalva / Consultorio Santa Anselma    Resolución Exenta IF N° 417Resolución Exenta IF N° 417Amonéstase al Consultorio Eduardo Frei Montalva y al Consultorio Santa Anselma, ambos dependientes de la Ilustre municipalidad de La Cisterna, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008     Consultorio Dr. Héctor García / Consultorio Maipo    Resolución Exenta IF N° 416Resolución Exenta IF N° 416Amonéstase al Consultorio Dr. Héctor García y al Consultorio Maipo, ambos dependientes de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Buin, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008      CESFAM Ossandon  Centro de Salud Juan Pablo IIResolución Exenta IF N° 415Resolución Exenta IF N° 415Amonéstase al CESFAM Ossandon y al Centro de Salud Juan Pablo II, ambos dependientes de la Corporación de Desarrollo de la Reina, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008     Consultorio Juan Pablo II / Consultorio Raúl Cuevas    Resolución Exenta IF N° 414Resolución Exenta IF N° 414Amonéstase al Consultorio Raúl Cuevas, al Consultorio Juan Pablo II, ambos dependientes de la Corporación de Eduación y Salud de la comuna de San Bernardo, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008     Consultorio Laurita VicuñaCESFAM Cóndores de Chile / CESFAM Dr. Carlos Lorca / CESFAM Orlando Letelier / CESFAM Santa Laura   Resolución Exenta IF N° 413Resolución Exenta IF N° 413Amonéstase al CESFAM Cóndores de Chile, al CESFAM Dr. Carlos Lorca, al Consultorio Laurita Vicuña, al CESFAM Orlando Letelier, al CESFAM Santa Laura, todos dependientes de la Ilustre Municipalidad de El Bosque, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008         Centro de Salud Dr. Hernán Alessandri / Centro de Salud El AguiluchoResolución Exenta IF N° 412Resolución Exenta IF N° 412Amonéstase al Centro de Salud El Aguilucho y al Centro de Salud Dr. Hernán Alessandri, ambos dependientes de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
10/09/2008     Consultorio Granja Sur    Resolución Exenta IF N° 411Resolución Exenta IF N° 411Amonéstase al Consultorio Granja Sur, al Consultorio Padre Esteban Gumucio y al Consultorio Malaquías Concha, todos dependientes de la Ilustre Municipalidad de La Granja, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
20/03/2008     Consultorio Carol Urzúa    Resolución Exenta IF N° 121Resolución Exenta IF N° 121Amonéstase al Consultorio Carol Urzúa dependiente de la Corporación de Desarrollo Social de Peñalolén, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
20/03/2008         Centro de Salud SteegerResolución Exenta IF N° 120Resolución Exenta IF N° 120Amonéstase al Centro de Salud Steeger, dependiente de la Corporación de Desarrollo Social de Cerro Navia, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
20/03/2008         Centro de Salud Dr. Edelberto ElguetaResolución Exenta IF N° 119Resolución Exenta IF N° 119Amonéstase al Centro de Salud Dr. Edelberto Elgueta, dependiente de la Corporación Municipal de Melipilla para la Educación, Salud y Atención al menor, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
14/02/2008    Servicio de Salud Metropolitano Central     Resolución Exenta IF N° 75Resolución Exenta IF N° 75Amonéstase al Servicio de Salud Metropolitano Central, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
28/01/2008Clínica Arauco Salud         Resolución Exenta IF N° 55Resolución Exenta IF N° 55Amonéstase a la Clinica Arauco Salud, por el incumplimiento del deber de dejar constancia escrita que informó a sus pacientes la circunstancia que les afectaba una patología adscrita al Régimen de Garantias Explícitas en Salud, lo que contraviene la obligación legal prevista en los artículos 24 y 29 de la Ley N° 19.966 Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
25/10/2007Clínica Santo Domingo de Arica         Resolución Exenta IF N° 504Resolución Exenta IF N° 504Se amonesta a la Clínica Santo Domingo de Arica, por incumplimiento manifiesto del deber de informar a la Sra. María González Hernández que cursaba una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud. Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
22/10/2007  Dr. Carlos Solar Barrios       Resolución Exenta IF N° 497Resolución Exenta IF N° 497Se amonesta al Dr. Carlos solar Barrios, por incumplimiento manifiesto del deber de informar al Sr. Hugo Gálvez Cuello que cursaba una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud. Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
12/10/2007  Dr. Christos Varnava Torres       Resolución Exenta IF N° 491Resolución Exenta IF N° 491Se amonesta aI Dr. Christos Varnava Torres, por incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 19.966, referente a informar al Sr. Giuseppe Di Paolo Divencentis que su patología de Insuficiencia Renal crónica esta incluida en las GES Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
08/10/2007Clínica Dávila         Resolución Exenta IF N°479Resolución Exenta IF N°479Se amonesta a la Clínica Dávila, por retardo injustificado en su deber de informar al Sr. Alejandro Costhe Calvanese que cursaba una patología adscrita al Régimen de Garantías Explícitas en Salud Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
29/05/2007  Dr. Víctor Molina Gática       Resolución Exenta IF N° 242Resolución Exenta IF N° 242Se amonesta al Dr. Víctor Molina Gática, por falta de notificación a la Sra. Ingrid Medina Quezada de que patología Coledocolitiasis estaba incluidas en las GES Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966
29/05/2007       Hospital Clínico Universidad Mayor de Temuco  Resolución Exenta IF N° 241Resolución Exenta IF N° 241Se amonesta al Hospital Clínico de la Universidad Mayor de Temuco, por falta de notificación a la Sra. Ingrid Medina Quezada que patología Coledocolitiasis estaba incluida en las GES Incumplimiento al Artículo 24 de la Ley N°19.966