Se amonesta al prestador CESFAM Dr. Gustavo Molina, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías.
Se amonesta al prestador CESFAM Garín, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías.
Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades de Fomento a Clínica de Cirugía y Estética Edelwiss SpA, por una infracción del artículo 38, inciso N°4, de la Ley 20.584.
Sancionase al pago de una multa por 500 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Vitacura (ex Clínica Tabancura), por una infracción del artículo 141,del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Redsalud Santiago (ex Clínica Bicentenario), por una infracción del artículo 141,del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.
Se amonesta al prestador CESFAM Padre Orellana, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías.
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Nueva Clínica Cordillera, por una infracción del artículo 141, inciso penúltimo, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.
Sancionase al pago de una multa por 350 Unidades Tributarias Mensuales a Clínica Vespucio, por una infracción del artículo 173, inciso 7°, del D.F.L. N° 1, de 2005, del MINSAL.
Se amonesta al prestador CESFAM Dr. Ramón Corbalán Melgarejo, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías.
Se amonesta al prestador CESFAM El Barrero, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías.
Se amonesta al prestador CESFAM Dr. Gustavo Molina, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías.
Se amonesta al prestador CESFAM Padre Orellana, por incumplimiento de la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explícitas en Salud (GES), mediante el uso y completo llenado del "Formulario de Constancia de Información al Paciente GES", a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías.