Se impone a la Isapre Vida Tres S.A. una multa de 250 UF (doscientas cincuenta unidades de fomento), por haber subvaluado sus obligaciones afectas a garantía legal, y específicamente, las deudas por concepto de Bonos, órdenes de atención y programas médicos por pagar, con infracción a lo establecido en el Título I del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Procedimientos, y Título II del Capítulo III del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Información, de esta Superintendencia.
30 de diciembre de 2020
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