Se AMONESTA a la Isapre Banmedica por el incumplimiento de las instrucciones
impartidas por el Oficio Ordinario IF/N° 5600, de 1 de junio de 2020, en orden a actualizar los datos personales contenidos en el Registro de Agentes de Ventas, respecto de 3 de sus agentes de ventas. Se impone a la Isapre Banmedica una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento), por mantener en su fuerza de ventas a 7 agentes de venta que no consta que estén en posesión de licencia de educación media o estudios equivalentes, con infracción a las instrucciones impartidas por el Oficio Circular IF/N° 19, de 2017, y prorrogadas por el Oficio Ord. IF/N° 7281, de 2020. Se impone a la Isapre Banmedica una multa de 50 UF (cincuenta unidades de
fomento) por no haber cargado en el Registro de Agente de Ventas, la documentación exigida para acreditar que 2 de sus agentes de ventas se encontraban en posesión de licencia de educación media o estudios equivalentes, incumpliendo las instrucciones impartidas por el Oficio Circular IF/N° 21, de 2018, en las oportunidades y plazo otorgado por el Oficio Ord. IF/N° 7281, de 2020.
20 de julio de 2023