Impóngase una multa a la Isapre Ferrosalud de beneficio fiscal ascendente al monto de 100 UF, por no cumplir dentro de plazo y en forma cabal el requerimiento de información contenido en los ORD. SS N°1512 y SS N°2402, de 14 yde junio y 12 de septiembre, ambos de 2006, respectivamente, del Departamento de Control Financiero y de Garantías en Salud.
23 de octubre de 2006