Se impone una multa de 500 U.F. (quinientas unidades de fomento) al prestador «Clínica Tabancura», por incumplimiento de las instrucciones impartidas por esta Superintendencia de Salud, en relación con la obligación de informar sobre el derecho a las Garantías Explicitas en Salud (GES) mediante el uso y completo llenado del «Formulario de Constancia de Información al Paciente GES», o del documento alternativo excepcionalmente autorizado para los problemas de salud «Infección Respiratoria Aguda (IRA) baja de manejo ambulatorio en menores de 5 años» y «Urgencia Odontológica Ambulatoria», según fuere el caso, a toda persona a quien se le diagnostica una patología o condición de salud amparada por las referidas garantías.
22 de noviembre de 2019