Se impone a la Isapre Vida Tres S.A. una multa de 250 UF (doscientas cincuenta
unidades de fomento), por haber subvaluado sus obligaciones afectas a garantía legal, y
específicamente, las deudas por concepto de Bonos, órdenes de atención y programas
médicos por pagar, con infracción a lo establecido en el Título I del Capítulo VI del
Compendio de Normas Administrativas en Materia de Procedimientos, y Título II del Capítulo
III del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Información, de esta
Superintendencia.
30 de diciembre de 2020