Se impone a la Isapre NUEVA MASVIDA S.A. una multa de 250 UF (doscientas cincuenta unidades de fomento) por haber cursado contratos de salud previsional en cuya suscripción intervino una persona que no se encontraba habilitada, por haber sido cancelada su inscripción en el Registro de Agentes de Ventas, situación que infringe lo establecido en los artículos 170 letra l) y 177 del DFL N° 1, de 2005, de Salud.
25 de febrero de 2021