Se amonesta a la Isapre Colmena Golden Cross S.A., por no haber solicitado autorización a esta Superintendencia, para rebajar el monto de la garantía mantenida en exceso, con infracción a lo establecido en el Inciso 3° del artículo 181 del DFL N°1, de 2015, de Salud, y en el punto 4.3 del Título I del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Procedimientos, de esta Superintendencia.
31 de julio de 2019