Impónese a la Isapre Consalud S.A. una multa de 800 UF, por el incumplimiento reiterado de la obligación de proporcionar información suficiente y oportuna a sus afiliados, en cuanto a si es más conveniente la cobertura establecida en el Plan de Salud o bien abrir el beneficio GES.
28 de octubre de 2011