Se impone a la Isapre NUEVA MASVIDA una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento) por incumplimiento de lo establecido en el párrafo final del numeral 1 «Antecedentes de Afiliación», del Título I, del Capítulo I del Compendio de Procedimientos,
en orden a desplegar una efectiva supervisión sobre el desempeño de sus agentes de ventas en el proceso de suscripción de contratos, en relación con los antecedentes que se exigen para verificar la identidad de las personas en proceso de afiliación.
23 de noviembre de 2021
Modificada por la Resolución Exenta IF/N° 37 de 19/01/2022 que deja sin efecto la Resolución Exenta IF/N° 682 de 23/11/2021, retrotrayéndose el procedimiento sancionatorio al estado de analizar y resolver la presentación de descargos de fecha 7 de enero de 2021. En consecuencia, una vez analizada la referida presentación de descargos, la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales dictó la Resolución Exenta IF/N° 375 de 18-05-2022 que impone una multa de 200 UF a la Isapre Nueva Masvidaa por incumplimiento de lo establecido en el párrafo final del numeral 1
«Antecedentes de Afiliación», del Título I, del Capítulo I del Compendio de Procedimientos, en orden a desplegar una efectiva supervisión sobre el desempeño de sus agentes de ventas en el proceso de suscripción de contratos, en relación con los antecedentes que se exigen para verificar la identidad de las personas en proceso de afiliación.