Impónese a la Isapre Cruz Blanca S.A. una multa de 575 U.F. por incumplimiento del plazo establecido por la COMPIIN, en el pago de los subsidios por incapacidad laboral reclamados, de acuerdo a lo establecido en el artículo 43 del DS N°3/84, de Salud.
25 de noviembre de 2013
Modificada por la Resolución Exenta IF/299 del 28/07/2014 que acoge parcialmente el recurso de reposición deducido por la Isapre Cruz Blanca S.A., en contra de la Resolución Excenta IF/N°591, del 05/11/2013, rebajando la multa impuesta a la suma de 300 U.F.