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Resolución Exenta IF/N° 495

Se impone a la Isapre Consalud S.A. una multa de 100 UF (cien unidades de fomento) por incumplimiento del plazo para la renovación o sustitución de las boletas de garantía, previsto en la letra d) del punto 1 del Título I del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Procedimientos, de esta Superintendencia.

29 de noviembre de 2018

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