Se impone a la Isapre Consalud S.A. una multa de 100 UF (cien unidades de fomento) por incumplimiento del plazo para la renovación o sustitución de las boletas de garantía, previsto en la letra d) del punto 1 del Título I del Capítulo VI del Compendio de Normas Administrativas en Materia de Procedimientos, de esta Superintendencia.
29 de noviembre de 2018