Se impone a la Isapre Consalud S.A. una multa de 1.200 UF (mil doscientas unidades de fomento), por Incumplimiento reiterado de la obligación de otorgar la cobertura mínima legal, prevista en el artículo 190 del DFL N° 1, de 2005, de Salud.
25 de junio de 2020
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