Impónese a la Isapre Cruz Blanca S.A. una multa de 200 UF (doscientas unidades de fomento) por errores, inconsistencias y omisiones en la información sobre los instrumentos de pago pendientes de cobro y/o caducos, y una multa de 50 UF (cincuenta unidades de fomento) por remitir comunicaciones sobre devolución de excesos, a domicilios o direcciones de correo electrónico erróneas.
22 de noviembre de 2016